Procuraduría cuenta con dos unidades para investigar, rastrear y localizar personas desaparecidas en RD

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Procuraduría General de la República (PGR)

Santo Domigo.- La Procuraduría General de la República (PGR) cuenta con dos unidades especializadas: una para la investigación y persecución de los casos de niños desaparecidos, y otra para el rastreo y localización de personas desaparecidas, en la que participan otros organismos.

En estas dependencias cuentan con equipos especializados y con la participación de otras instituciones que mantienen las investigaciones de personas desaparecidas, cuya cifra actualmente asciende a 241 casos abiertos.

Con la Ley 25-26, Alerta RD, promulgada en junio de este año, se agilizan los protocolos de difusión inmediata y se coordina, de forma electrónica, la búsqueda de menores, adultos mayores y personas en situación de vulnerabilidad reportadas como desaparecidas en todo el territorio dominicano.

Esta legislación establece que la activación, tramitación y aplicación de los protocolos de búsqueda es un proceso totalmente gratuito y que las instituciones actuarán con pleno apego a la Constitución, los tratados internacionales, las leyes y demás normas del ordenamiento jurídico.

Desde el año 2018 hasta julio de 2026, se han reportado 4,171 personas como desaparecidas en la República Dominicana. De estas, 3,398 fueron localizadas con vida y 532 encontradas fallecidas, mientras que el organismo mantiene 241 casos abiertos que continúan en proceso de búsqueda.

Con la Ley Alerta RD, las autoridades deben ejecutar la búsqueda antes de cumplirse las 24 horas. Esto crea y regula el funcionamiento de las alertas como un mecanismo de búsqueda inmediata a nivel nacional para la prevención, localización, asistencia y resguardo de las personas desaparecidas.

En los procesos de localización se garantizará a los familiares de las víctimas el acceso a la información relacionada con el caso. Estos deberán ser informados de manera comprensible sobre las acciones realizadas, sin menoscabo de la investigación.

La referida legislación dominicana establece que las actuaciones previstas en sus protocolos se realizarán con celeridad, debida diligencia y de manera ágil y oportuna, evitando obstáculos que impidan o dilaten injustificadamente la búsqueda de personas desaparecidas.

Tampoco podrá considerarse justificada ninguna inactividad cuando exista un peligro inminente frente a la vulneración de los derechos fundamentales de la persona reportada como desaparecida.

Los organismos vinculados con el cumplimiento de esta ley deben garantizar la confidencialidad y la protección de datos durante la investigación, así como la seguridad de la información suministrada, especialmente en la difusión de casos sobre personas en situación de vulnerabilidad.

Asimismo, las instituciones involucradas en la aplicación de la norma garantizarán que todas las personas, independientemente de su situación, sean tratadas con respeto absoluto a sus derechos, principios, creencias, autonomía personal y demás características que den valor a su individualidad, según establece la Ley Alerta RD.

Las autoridades evitarán establecer formalidades excesivas o procedimientos burocráticos innecesarios, previniendo dilaciones y retardos para garantizar una respuesta oportuna en el ámbito de sus competencias.

Este domingo 30 de agosto se conmemora el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, una fecha proclamada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para honrar a los afectados por este delito y apoyar a sus familias.

En la República Dominicana, esta jornada sirve para recordar los casos de personas desaparecidas ocurridos a lo largo de la historia del país y destacar la importancia de fortalecer los mecanismos de búsqueda, localización y protección de las víctimas y sus familiares.

Sobre el autor

Teresa Casado

Periodista y abogada con amplia experiencia cubriendo la fuente de Justicia.