Santo Domingo.-La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) solicitará prisión preventiva por espacio de doce meses en contra del alcalde del cabildo de San Cristóbal, Raúl Mondesí, por alegadamente malversar fondos del organismo que superan los RD$300 millones.
Mientras que la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, aplazó para el próximo viernes 26 de junio la medida de coerción que se conocería contra el alcalde Raúl Mondesí.
Mediante el escrito de acusación, se requirió a la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, la apertura a juicio y la imposición de medida de coerción por hechos graves de corrupción.
El Ministerio Público anticorrupción, solicita además una garantía económica de 1 millón de pesos dominicanos en efectivo, impedimento de salida y presentación periódica contra cada uno de los ciudadanos: Bienvenido Araujo Japa (Secretario General), Pedro Cordero Valverde (Contralor) Antonio de Jesús Ferreira Guzmán (Tesorero Municipal) y Edward Vianelo Guerrero Pontier, principales funcionarios del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal.
En esas atenciones, a Raúl Mondesí y a los principales funcionarios del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal se les acusa de haber manejado los fondos de forma discrecional sin cumplir con los procedimientos, elaborando los estados financieros sin criterios técnicos, además de que los impuestos retenidos no eran remesados, y que no cumplían mínimamente con el presupuesto.
Además se pudo establecer que confeccionaban documentos falsos y hacían uso de documentos falsos para la realización de contrataciones de servicios, con cargo a los fondos del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal, como en algunos casos relativos a la recogida de basura.
Los impuestos eran retenidos sin remitir a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), deuda con la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), ausencia del pago 1X1000 del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA), retenido a contratos de obras y el no pago del 1% de la Ley 6-86 sobre Fondo de Pensiones de los Trabajadores del Área de la Construcción y todas sus Ramas Afines (FOPETCONS), retenido a contratos de obras.
Igualmente se hacían pagos en exceso por realización de obras de infraestructuras. Además, contratación de bienes, obras y servicios violentando el procedimiento de compras establecido en la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
Por igual se les acusa de realizar pagos sin soportes de los servicios, es decir, sin constancia de que los trabajos se hayan realizado. También se ha podido determinar que realizaban pagos que excedieron el porcentaje establecido en la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, para la distribución de los fondos, entre otros cargos.