Mediante la Ley 358, de fecha 26-7-05, se crea el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, Pro Consumidor.
El art. 28 de dicha ley establece lo siguiente: “La Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor será responsable de tomar las medidas de lugar para garantizar los derechos del consumidor en caso de inexactitud de pesos y medidas, deficiencias de calidad y normas técnicas de los productos y servicios que se ofertan en el mercado, en coordinación con Digenor”.
Y según el art. 31, ordinal f), son funciones del Director Ejecutivo de Pro Consumidor, entre otras: “Desarrollar servicios de inspección y supervisión, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en lo referente a publicidad, precios, rotulación y etiquetados de los productos que se mercadean”.
Las actividades comerciales son imprescindibles en una economía de libre mercado como la nuestra, pero deben ser reguladas para evitar el caos en ese sector.
De acuerdo con mi experiencia, el comercio está integrado, en sentido general, por gente buena, trabajadora, pero hay aspectos culturales que inciden negativamente en su comportamiento, los cuales deben ser superados o al menos minimizados por la acción punitiva de las leyes.
Como dijo alguien: “El hombre bueno, es mejor si es vigilado”. Esta frase también se les puede aplicar a los comerciantes.
Como no soy técnico en esta materia, las observaciones precedentes las he hecho como consumidor.
Pro Consumidor decidirá si tienen fundamentos como para hacer una investigación y tomar las medidas de lugar en beneficio de los consumidores.
Según los expertos, muchas enfermedades que afectan a los humanos entran por la boca al ingerir alimentos insalubres, por lo tanto estas medidas que está tomando Pro Consumidor ayudan en la prevención de las enfermedades. Ya lo dijo Hipócrates, 2,500 años atrás: “Que tu alimento sea tu medicina y tu medicina tu alimento”.