Santo Domingo.- Una de las cosas que reveló la decisiónd e la Junta Central Electoral de suspender provisionalmente el artículo 13 que regula las firmas encuestadoras, es que la Unidad Sancionadora del organismo electoral sí funciona y es tal vez, lo único que se conoce públicamente de ella desde su creación en el 2023.
Lo que finalmente decidió el pleno, a saber, dejar sin efecto y de manera temporal la publicación de encuestas, terminó impactando dos procedimientos sancionadores que se mantenían abiertos contra ACD Media, S.R.L. y Centro Económico del Cibao, S.R.L por publicar encuestas electorales fuera de los plazos considerados por el organismo electoral.
ACD Media figura dentro del proceso identificado como JCE-USAEMC-PIC-001-2026, mientras que el Centro Económico del Cibao está vinculado al expediente JCE-USAEMC-PIC-002-2026.
Ambos procedimientos habían avanzado. El Centro Económico del Cibao presentó sus argumentos de defensa el 18 de agosto de 2026 y ACD Media hizo lo propio al día siguiente, el 19. Luego de esos descargos, los expedientes entraron en la etapa de análisis de dictamen por parte del órgano sancionador.
Pero el panorama cambió con la decisión del Pleno. Al desaparecer temporalmente la eficacia de esa base normativa, los dos procedimientos quedaron también en pausa.
Sin récord operativo de Unidad Sancionadora JCE
El punto aquí es que la Unidad Sancionadora opera, aunque de brazos atados y con las limitaciones legales que en su momento, la misma JCE ha expresado para los fines de sancionar a los infractores de las leyes electorales.
Esta unidad fue constuida hace poco más de tres años pero aún no se registra públicamente ninguna sanción impuesta a partidos, dirigentes o actores políticos por faltas administrativas contempladas en la normativa electoral.
La instancia fue concebida mediante un reglamento de la JCE, publicado el tres de mayo de 2023, enfocado en regir y aplicar las sanciones contempladas en la Ley de Partidos y en la Ley Electoral, incluso a empresas, firmas encuestadoras, aspirantes y precandidatos a cargos electivos.
La citada unidad tiene entre sus responsabilidades darle seguimiento a las denuncias, pero el reglamento también le confiere un rol proactivo, al citar que debe recabar las pruebas que sean necesarias con ocasión de las infracciones administrativas electorales, para someterlas a consideración del pleno.
Sin embargo, pese a las constantes denuncias sobre proselitismo electoral fuera del plazo concebido por ley, que es la pifia más recurrente, no se conocen decisiones sancionadoras emitidas por ese organismo y las reacciones de la JCE se han limitado a advertencias reiteradas por el proselitismo a destiempo.
La preocupación del órgano electoral por la campaña anticipada también ha estado presente en otras decisiones regulatorias entre ellas, las disposiciones relacionadas con la publicación de encuestas electorales que, según el criterio de la JCE, se han convertido en armas promocionales.
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