Personas alcaldes pedáneos en Mediación (III)
En los procesos de mediación familiar, comunitaria y vecinal; son estas personas las que apoyan en sus secciones y comunidades a las personas en conflictos; básicamente en las entregas de las convocatorias y otros procedimientos. Ya que estas autoridades cuentan con fe pública, y además tienen ese tipo de compromisos con la sociedad.
En las funciones anteriores y en las que describo a continuación se resaltan una serie de compromisos y que para la columna Conflictos y Mediaciones de sumo interés.
A continuación las ultima funciones que le otorga la ley municipal a estas autoridades, las más cercanas a la gente.
7-Asistir a 10s lugares donde se celebren fiestas, reuniones, lidias de gallos y espectáculos públicos dentro de la sección, y cuidar de que en ellos no se altere el orden ni se infrinjan las leyes ni las disposiciones municipales, y de que Sean pagados 10s impuestos, arbitrios o derechos a que estuvieren sujetos.
8-Expedir las certificaciones que le solicite el Oficial del Estado Civil cuando concibiere alguna duda sobre la existencia del niño cuyo nacimiento se declara.
9-Recibir la declaración correspondiente cuando fallezca alguna persona cuyo enterramiento deba hacerse en un cementerio rural, transportándose antes al lugar donde hubiere ocurrido el fallecimiento cuando reciba alguna duda o sospecha; y transmitir dicha declaración al Oficial del Estado Civil competente dentro de 10s diez días de haberla recibido, para que dicho funcionario la inscriba en sus registros; así como expedir la documentación para la inhumación, mediante el pago de 10s derechos establecidos, 10s cuales deberá depositar en la tesorería municipal dentro de 10s tres días siguientes.
Los ayuntamientos proveerán a 10s alcaldes/as pedáneos /as de formularios para cumplir con las obligaciones que les impone este inciso.
11-Hacerse cargo de 10s cadáveres abandonados para su inhumación, previas las formalidades legales.
12-Cuidar de que 10s cementerios que existen en la sección se mantengan bien cercados, limpios y en buen orden y de que en ellos se observen las disposiciones pertinentes; y hacer corregir cualquier deficiencia que observare, o dar aviso de ella a1 sindico/a.
13-Expedir las certificaciones de buena procedencia de 10s animales, o de las carnes o 10s cueros de ellos, que Sean transportados de un municipio a otro o de una sección a otra dentro del mismo municipio.
14-Recibir la denuncia del propietario o encargado del terreno en donde se encontrare un animal sin dueño conocido y comunicarla a1 sindico/a.
15-Cuidar de que se cumplan las disposiciones legales o reglamentarias concernientes a 10s servicios agrícolas, o relacionados con ellos.
16-Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales o reglamentarias relativas al tránsito de vehículos y animales por las carreteras y caminos públicos.
17-Dar aviso inmediato a las autoridades competentes y hasta su llegada practicar las diligencias que Sean necesarias cuando tenga conocimiento o sospecha de haber ocurrido un crimen o delito.
18-Cualquier otra que se establezca por ley o así lo acuerde el concejo municipal.
Como se puede constatar, las actuaciones de las personas alcaldes pedáneos dentro de una sección o pareja son responsabilidades que dinamizan las respuestas a los munícipes y a la vez les garantiza accesibilidad a los diversos procedimientos legales que en ella se requiera.
El artículo 169 de la referida ley, subraya que esas personas recibirán una remuneración por sus responsabilidades y que dichos recursos serán incluidos en los municipios en sus respectivos presupuestos. Mientras que el 170 declara que los alcaldes pedáneos tendrán una persona como suplente, que al faltar el primero el segundo puede representarlo. El siguiente, el 172 indica que estos funcionarios públicos apoyaran con sus acciones a otros de mayor o menor categoría en el desempeño de sus funciones.
