Santo Domingo.-La persecución de los crímenes y delitos electorales será una de las principales novedades de las elecciones municipales previstas para celebrarse el 18 de este mes.
Desde 2019, mediante la Ley 15-19, derogada por la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, se creó la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales para el cumplimiento de esa función.
El referido órgano se rige según las disposiciones de la Ley 133-11, del 9 de junio de 2011, Ley Orgánica del Ministerio Público, con jurisdicción nacional.
Alrededor de 300 fiscales han recibido formación en la materia a través del “Curso Especializado en Derecho Penal Electoral y Procedimiento Penal Electoral”, como parte de un programa con el Instituto Superior Especializado en Formación Político Electoral y del Estado Civil, de la Junta Central Electoral y la Escuela del Ministerio Público.
El derecho penal electoral constituye el conjunto de normas que tienen la finalidad primordial de tutelar en el ámbito punitivo el adecuado desarrollo de los procesos electorales, sancionando conductas que, por su trascendencia, afectan las instituciones o procedimientos electorales.
Mientras que su objeto consiste en garantizar la transparencia, legalidad y la libertad para todos los que intervienen en el proceso electoral.
Letra muerta en RD
En República Dominicana han existido previsiones jurídicas que buscan sancionar las conductas que atentan contra la transparencia y objetividad del proceso electoral, destacando la la libertad del voto, la pulcritud de los procesos democráticos y la sinceridad del sufragio universal.
Previsiones de esa naturaleza aún prevalecen en el Código Penal Dominicano, a partir del artículo 109. Sin embargo, eso ha sido letra muerta en su aplicación, favorecida por la prevalencia de una cultura política de impunidad.
Desde la antigüedad ha existido la necesidad de sancionar las conductas ilícitas que quebrantan los fines democráticos de la población, atendiendo al lugar, el tiempo y las circunstancias en las que se presenta.
Aunque no se había delimitado bajo el título de derecho penal electoral, existieron denominaciones específicas de hechos ilícitos electorales con su sanción. Estos antecedentes, al transcurso del tiempo, configuraron el derecho electoral punitivo.
En Grecia existieron los delitos electorales en épocas muy remotas, así decimos que, en las polis griegas las conductas que lesionaban los derechos de los ciudadanos como votar dos veces, vender o comprar el voto, eran castigadas severamente, hasta con la pena de muerte.
En el Imperio romano, en donde se reguló en las Doce Tablas, se castigó con la pena de muerte algunos delitos, señalamos tres casos: el falso testimonio, el cohecho en el juicio y la compra de votos en las elecciones; éste último respecto a la democracia que imperaba.
La competencia es de tribunales penales ordinarios. Los tribunales penales ordinarios conocerán los delitos y crímenes electorales previstos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral y en cualquier otra legislación en materia electoral o de partidos, agrupaciones o movimientos políticos, cuando sean denunciados por la parte legítimamente afectada, como la Junta Central Electoral, las juntas electorales o de oficio por parte de la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales.
La referida legislación incorporó lo que en ese sentido había establecido el Tribunal Constitucional como órgano competente, conforme lo dispone en la sentencia TC/0508/21.
Prisión de 10 años
La Ley Orgánica del Régimen Electoral establece, en los artículos que van del 309 al 320 lo referente a las infracciones jurisdiccionales electorales.
Las sanciones que establece la referida legislación llegan hasta diez años de reclusión, dependiendo de la acción ilegal.
Desafíos para justicia
La instauración de una adecuada justicia penal electoral en el país conlleva desafíos importantes, entre ellos:
· Uno de los principales desafíos de los sistemas Electoral y de Partidos Políticos en República Dominicana y, por consiguiente, de la democracia, está en superar la existencia de una cultura política que limita derechos constitucionales.
· Especialización de los recursos humanos de la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales a través de actividades formativas estratégicamente diseñadas con ese propósito.
· Paulatinamente, dotar a esa estructura del Ministerio Pública de los recursos humanos, económicos y tecnológicos que le permiten cumplir cabalmente con las funciones asignadas por la Constitución de la República y las leyes.
Compromiso
— Transparencia
La JCE garantiza que las elecciones de este año serán justas, libres y seguras, además destacó que la seguridad del proceso es la garantía que dará paz a los ciudadanos al depositar los votos en las valijas.