Santo Domingo.-La Pastoral Juvenil, la Policía Nacional y el especialista de la conducta Luis Vergés se opusieron ayer a la despenalización pura y simple del consumo de marihuana como forma de hacer frente a esta problemática.
Sin embargo, pese a su oposición, el padre Luis Rosario, de la Pastoral Juvenil, y el psicólogo Luis Vergés favorecieron que sean adoptadas medidas efectivas de rehabilitación para los consumidores en vez de ser privados de libertad como ocurre en el país.
“Si bien la ley debe ser benigna con quien se ha dedicado al consumo de drogas, adoptando medidas que puedan encauzar su rehabilitación, creo que el despenalizarla pura y simplemente significaría dejarse torcer el brazo ante esta problemática de las drogas”, consideró Rosario.
Propuesta
El religioso, quien trabaja con cientos de niños y adolescentes a nivel nacional, insistió en que es más apropiada la diversificación de las medidas legales que favorezcan la rehabilitación de la persona usuaria.
Por su parte, Vergés dijo que adoptar el consumo de estas sustancias como algo normal, no es la vía para resolver el problema, ya que se ha demostrado que se trata de drogas que causan serios problemas en las personas.
“En el caso de la marihuana, se ha demostrado que esta, lejos de combatir un problema, afecta la concentración, la motivación de la persona y es altamente adictiva”, aseguró.
El especialista también consideró que con las personas que dependen de esta droga se puede tener cuidados profesionales para rehabilitarlas. Aunque especificó que corresponde al Poder Legislativo tomar decisiones de este tipo.
La Policía Nacional dijo que el consumo constituye una actividad perjudicial para la población, por lo que continuarán su combate.
“Vamos a seguir cobatiendo el consumo, distribución y cualquier manifestación que tenga la distribución de sustancias narcóticas. Es una acción ilegal y perniciosa”, manifestó el vocero de la Policía, general Máximo Báez Aybar.
Lo que establece la ley
La Ley 50-88 sobre Drogas en el país establece en su artículo 6 cuándo se trata de posesión de marihuana y cuándo es distribución.
“Cuando la cantidad no exceda de 20 gramos se considerará la simple posesión, y la persona o las personas procesadas se clasificarán como aficionados; si la cantidad es mayor de 20 gramos, pero menor de una libra, se clasificará a la persona o a las personas como distribuidores; si la cantidad excede de una libra, se clasificará a la persona o las personas procesadas como traficantes”, explica la referida legislación.