Paroxismo penal en el proyecto de Código Penal

Paroxismo penal en el proyecto de Código Penal

Paroxismo penal en el proyecto de Código Penal

Carlos Salcedo

Hace unos meses advertí que, ante la prisa con la que se ha estado trabajando por el reclamo de respuesta punitiva estatal, después de 21 años de letargo, y la imperiosa necesidad de adecuación de la normativa penal vigente, si no se actúa con prudencia para tener un resultado técnicamente depurado, se aprobaría un código penal frankensteiniano y de parches.

El informe reciente de la FINJUS, contentivo del análisis integral del Proyecto de nuevo Código Penal dominicano, así lo valida.

A pesar de la legítima pretensión de dotarnos de un Código Penal actualizado, advierto una visión esquizofrénica de la dogmática penal, por contradicción entre la visión moderna del derecho penal y visiones anquilosadas o hechas bajo ideologías y dogmática de modelos muy diferentes al nuestro.

Son innegables los avances que representaría la aprobación del texto bajo lectura congresual, por la inclusión de figuras y tipos penales nuevos conformes con nuestra realidad material. Ahora bien, el paroxismo reflejado en el proyecto se traduciría en inefectividad práctica, lo que haría pervivir, aún se apruebe, la necesidad de su pronta adecuación integral.

Con el trabajo realizado hay un acercamiento al sistema alemán, por vía española, manteniendo tradiciones y corrientes francesas generadoras de contrastes prácticos que, de cara al principio de taxatividad legal, nos dejaría desprovistos, en gran medida, de respuesta punitiva real.

La inclusión de ideas germánicas de autoría, participación, inducción y colaboración o cooperación y la nueva conceptualización del dolo en la parte general, con el mantenimiento de la concepción del hecho punible construido desde la visión francesa en la parte especial, genera antinomias sistémicas que obstaculizarían la aplicación de la norma, resultando frustratoria la modificación.

Entiendo lo seductivo de cada visión, por la promoción de la previsibilidad en la aplicación del derecho penal y, por tanto, de la seguridad jurídica, como porque responde a la necesidad de enfrentar el actual fenómeno criminal. Pero la migración a los admirables sistemas dogmáticos alemanes, debe implicar un mayor esfuerzo de sistematicidad para ajustar la parte general con la especial y lograr la coherencia del código con nuestra realidad.

El proyecto debe regresar a un espacio de profunda sistematización y coherencia. De lo contrario valdrá más la sal que el chivo.



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