Otros hechos retenidos por los jueces en el caso Baninter

Otros hechos retenidos por los jueces en el caso Baninter

Otros hechos retenidos por los jueces en el caso Baninter

El abogado y escritor, Carlos Salcedo. Fuente externa

Por la trascendencia del tema y para que siga sirviendo para un refrescamiento de la memoria de Ramoncito y del país evoco otros hechos relevantes que fueron retenidos por los jueces en las sentencias de condena contra Ramón Báez Figueroa (RBF), Marcos Báez Cocco (MBC), Vivian Lubrano Carvajal de Castillo (BLCC) y Luis Álvarez Renta (LAR). Hoy presento una síntesis de lo probado y acogido en el juicio de fondo en el caso Baninter de Luis Alvarez Renta y Vivian Lubrano Carvajal de Castillo.

1)Respecto a Luis Álvarez Renta.

  1. a) Álvarez Renta administraba y tenía el control de la cuenta corriente abierta en Baninter a la compañía Bankinvest (“Puesto de Bolsa”), que operaba en sobregiros y que eran eliminados mediante notas de crédito. Ello se hacía utilizando a Bankinvest, Interduty Free Ltd y Ultra Export Corporation para encubrir el origen ilegal de los fondos extraídos y de esta forma dar la apariencia de que se habían obtenido lícitamente, los cuales invertían sin mayores peligros en las tiendas Interduty Free, canales de televisión y otras empresas.
  2. b) Luis Álvarez Renta mantuvo el control y manejo de Bankinvest no obstante el contrato de transferencia de las acciones de esta compañía del 13 de agosto de 2001, intervenido entre Dominican Entreprises, una compañía de La Florida, de su propiedad, y Sippany Holdings, una compañía de las Islas Vírgenes Británicas, propiedad de Ramón Báez Figueroa.
  3. c) Luis Álvarez Renta tenía pleno conocimiento de que la cuenta de Bankinvest se manejaba en sobregiro. A esta cuenta fueron cargados numerosos cheques girados tanto por Luis Álvarez Renta como por su secretaria y autorizados pagar por Marcos Báez Cocco. Los cheques eran utilizados para alimentar cuentas en el Banco Mercantil a nombre de Luis Álvarez Renta y Asociados para cubrir gastos de su oficina, gastos personales y para realizar transferencias bancarias diversas.
  4. d) Acostándose las palomas, en marzo de 2003 fueron cargados a la cuenta de Bankinvest en Baninter 10 cheques girados a favor de Quisqueyana Agente de Cambio y Banco Mercantil, antes de que entraran al Baninter los funcionarios del Banco del Progreso y la Autoridad Monetaria y Financiera, en ocasión de un frustrado proceso de fusión por absorción. Estos cheques estaban dirigidos a cubrir transferencias bancarias en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, realizadas por Quisqueyana Agente de Cambio, a la cuenta de Wadeville Investment, Ltd. en el Bank Atlantic de Coral Gables, Florida, compañía propiedad de Luis Álvarez Renta.
  5. e) Una vez transferidos estos fondos a la cuenta de Wadeville en el Bank Atlantic, a petición de Luis Álvarez Renta estas transferencias fueron enviadas a cuentas en bancos extranjeros a nombre de LAR Holdings y GFR Domestic, específicamente en los Bancos Deutsch Bank y el USB AG.
  6. f) El 27 de noviembre de 1997 Luis Álvarez Renta, actuando en nombre y representación de Bankinvest, S.A. y Ultra Export, solicitó la emisión de una carta de crédito (“Stand-by”) a favor del Banco Mercantil por US$4,000,000.00 para garantizar el cumplimiento de obligaciones crediticias de estas empresas en dicho banco. Esta carta de crédito fue nuevamente enmendada y renovada, a solicitud de Bankinvest S.A., aumentándose su valor a US$12,500,000.00 y prorrogándose su vencimiento para el 15 de enero de 2004.
  7. g) Bankinvest recibió del Banco Mercantil y/o Mercantil D.R. Internacional Corp. los US$12.5 millones de dólares garantizados y pagados por Baninter, que debieron ser honrados posteriormente por el Banco Central de la República Dominicana, sin que se conozca el destino otorgado a estos, ni de los USD$6,000,000.00 transferidos por Baninter durante los meses de junio a noviembre del año 2002.

 

  • Respecto a Vivian Lubrano Carvajal de Castillo.

 

  1. a) En su calidad de Vicepresidente Ejecutiva de Negocios y asistente del presidente de Baninter, Vivian Lubrano Carvajal de Castillo distrajo en su provecho personal cuantiosos recursos, por medio de una cuenta corriente a través de sobregiros, los cuales ascendieron a RD$27,000,000.00 y que fueron cancelados mediante memorandos confidenciales.
  2. b) La señora Lubrano Carvajal de Castillo se benefició de un “préstamo” de RD$3,000,000.00 el 24 de octubre de 2001, el cual fue también cancelado mediante memorando confidencial del 12 de marzo de 2003.
  3. c) Vivian Lubrano Carvajal de Castillo realizó un acuerdo de factibilidad económica, financiera y legal de la negociación para la operación de “compra”, frustrada, de una asociación de ahorros y préstamos.
  4. d) Lubrano Carvajal de Castillo participó en los hechos fraudulentos que caracterizaron la operación de “compra” de dicha asociación, emitiendo Baninter 11 certificados de depósitos (inorgánicos) que favorecieron a diversas empresas “vendedoras”, siendo entregados los intereses generados mediante cheques a diversas personas físicas y morales.
  5. e) Al hacer sus informes al Consejo de Directores la señora Carvajal de Castillo encubrió la situación financiera real de Baninter, con lo cual evitaba la debida supervisión de la entidad supervisora de la actividad bancaria.

 

En la siguiente entrega abordaré el tema de las condenas penales y civiles pronunciadas en contra de quienes contribuyeron, con sus maniobras fraudulentas, al descalabro del Banco Intercontinental, lo que supuso un sacrificio económico y social para todo el país durante casi dos décadas, con consecuencias aún en el presente.

 

Posteriormente, presentaré aspectos importantes de la liquidación de los bienes de Baninter, a cuyas informaciones tiene derecho de acceso toda persona interesada, para garantizar la transparencia y legitimidad de la labor de los comisionados de Baninter como del Banco Central de la República Dominicana, este último como acreedor de Baninter, que ha recibido pagos parciales producto de dicha liquidación.