La pregunta es a propósito de las elecciones a celebrarse este fin de semana, en Perú y Brasil, a las que han sido invitados en calidad de observadores los órganos electorales agrupados en la UNIORE (unión Internacional de Órganos Electorales) de la que forma parte el Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana, el cual ha asistido a dichos dicho órgano que además comparte la presidencia con la Junta Central Electoral.
Se ve con extrañeza que al Perú asistiera en representación del Presidente del TSE, el secretario general del órgano, en lugar del Suplente del Presidente, que es el Juez que la Constitución de la República establece para sustituir al Presidente, en caso de ausencia o imposibilidad, igual que a los demás suplentes respecto de los demás jueces titulares. El Tribunal Superior Electoral, es el único tribunal que tiene suplentes establecidos en el Art. 215 de la Constitución de la República, la que en su juramento Jueces y Suplentes se han comprometido a respetar.
En sus ejercicios anteriores el TSE se vio sacudido por confrontaciones internas, porque los suplentes reclamaron sus espacios, inclusive los suplentes, entre ellos unos que luego alcanzaron la posición de titulares, accionaron judicialmente contra el órgano, en pro de la institucionalidad y el servicio, en la presente gestión todos los designados, titulares y suplentes además del juramento constitucional ante el Consejo Nacional de la Magistratura, firmaron entre ellos compromisos personales e individuales de lealtad y sumisión a las iniciativas y ejecutorias institucionales, entre las que se entienden incluidas, ocupar los suplentes los espacios que la ley les acuerda. La representación del Presidente del Tribunal Superior Electoral y de sus demás jueces, constitucionalmente le corresponde a cada uno de sus respectivos suplentes y ese se concibe como un diferendo superado, esperemos que si.