Multa por infracción de seguros llegaría a 300 salarios mínimos
Santo Domingo.-Que un empleador no afilie a sus dependientes, que el trabajador ofrezca informaciones que originen el otorgamiento indebido de prestaciones económicas y que los prestadores de servicios de salud resulten cómplices de diagnósticos y procedimientos falsos, son algunas de las infracciones que podrían conllevar multas desde 50 hasta 300 salarios mínimos.
Así lo establece la “Normativa de Infracciones y Sanciones al Seguro Familiar de Salud (SFS) y al Seguro de Riesgos Laborales (SRL)”, que es la Resolución 584 aprobada por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) el pasado 15 de febrero.
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Estas multas dependerán de la gravedad de la infracción por lo que son clasificadas como leves, moderadas y graves, y estas, a su vez, serán investigadas y aplicadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril).
La resolución señala que por leves se consideran aquellas en que el presunto infractor no cumpla con los deberes establecidos por la Ley de Seguridad Social 87-01 y serán sancionadas con multas de 50 a 100 salarios mínimos. Un ejemplo de esto, que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) y el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL) contraten un prestador de servicio que no haya sido habilitado y/o acreditado.
Las moderadas son aquellas que atenten contra los derechos de los afiliados como es que se retrasen de forma injustificada con autorizar y gestionar la prestación de servicios.
Las multas están entre 101 y 200 salarios.
En el caso de las graves, cuyas multas oscilan los 201 y 300 salarios mínimos, es cuando se haya usado maniobras fraudulentas o de falsificación para obtener beneficios personales. Incurren en esta infracción las ARS que le niegue a los afiliados cobertura de servicios contemplados en el Plan Básico.
Los salarios mínimos
—Desde 5,000 pesos
Cabe destacar que en el país existen actualmente 17 salarios mínimos y según la Tesorería de la Seguridad Social, hay trabajadores que ganan entre 5,000 y 15,000 pesos. En la parte sectorizada va desde 14,232 hasta 25,116 pesos.
Reincidentes en faltas pagarán un 50 % más
Sanción. La reincidencia de una infracción por parte de los seguros Familiar de Salud (SFS) y de Riesgos Laborales (SRL) será considerada como agravante, lo que lleva a aumentar la sanción en un 50 por ciento más, sobre la base de la infracción que se impondría inicialmente.
Y es que la recurrencia de los hechos, según detalla la resolución, debe ser calificada como una falta grave. Establece, además, que para la imposición de sanciones al SFS y al SRL, será obligatoria la previa instrucción del expediente y respeto de las garantías del debido proceso en la tramitación.
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