En las últimas tres décadas, la frecuencia de crisis bancarias ya no resultan ser eventos extraños en los sistemas bancarios en cada país donde ocurre cuyas consecuencias fiscal y económica resulta mortal para la estabilidad macroeconómica.
En adición, las crisis bancarias tienden a enfrentarse con instrumentales fiscales y monetarios, lo que se traduce en un riesgo muy elevado de que se engendre una crisis fiscal.
Las crisis bancarias por su naturaleza y vinculación íntima con la actividad económica tienen efectos macroeconómicos excesivamente nocivos y perturbadores que modifican el curso de la economía.
Tal afirmación se sustenta en que la mayoría de los países donde estas se generan suele observarse una asimetría entre el desempeño dinámico del sistema bancario y la prudencia que ha de tenerse en el diseño y ejecución de la política económica.
Es interesante enfatizar en que las crisis bancarias no se generan por una sola causa, sino que en su totalidad ocurren por situaciones multifactoriales, lo cual hacen más complejo a estos eventos trastornadores de la estructura del sistema bancario.
En efecto, las causas de las crisis bancarias pueden ser de origen microeconómico o macroeconómico, destacándose la inestabilidad macroeconómica, ineficiente supervisión, malas estrategias, administración débil, inadecuados sistemas de control, fallas operacionales y los fraudes.
También, si el Gobierno reorienta su política económica que pueda fomentar desequilibrios macroeconómicos, principalmente, entre los impuestos y un incremento del gasto público con objetivos contrario a la política monetaria impulsada por el Banco Central, los resultados esperados serían catastróficos en el ámbito bancario.
Pero si se mal orienta la regulación y supervisión bancaria se abre el espacio para la aceleración de una hecatombe en el sistema bancario con consecuencias impensables.
Con la presencia de una crisis bancaria no se puede dejar de lado la incidencia que tienen los abusos de las malas practicas bancarias y la indiferencia del regulador como causales fundamentales de las crisis bancarias.
El mal manejo de las tasas de interés, inducida por la política monetaria, es un factor detonante de una crisis bancaria a escala planetaria, por lo que para los bancos centrales pueden prevenir cualquier evento de crisis si recurren a los modelos econométricos que sirven para cuantificar las consecuencias de las medidas que adopten o, al menos diversificar, los riesgos que se pueden derivar.
Hay que resaltar que la regulación y supervisión bancaria representa una importancia enorme en la prevención de crisis bancarias por la frecuencia con que estas tienden a presentarse, en la inteligencia de que las externalidades, o efecto, de los bancos sobre el propio sistema bancario superan a cualquier otro sector económico.
En adición, el costo fiscal de una crisis bancaria es muy elevado y riesgoso, razón por la cual la regulación y supervisión bancaria está sustentada en la potencial incubación de fallos de mercado.
En el esquema de desarrollar criterios que puedan evitar crisis bancarias, con potencial de convertirse en sistémica, es resaltable la intervención del Banco Central en calidad de prestamista de última instancia mediante la inyección de liquidez suficiente a las entidades bancarias con dificultades de esta con la finalidad de que los problemas de liquidez se puedan traducir en una situación de insolvencia.
Así, el rescate o salvataje bancario se ha convertido en un método efectivo para contrarrestar la potencial crisis bancaria sistémica o que la misma se profundice ya que cuando los bancos quiebran en principio las autoridades no tienen conciencia plena si el malestar es por liquidez o por solvencia.
Los esquemas de rescate o salvataje bancario están concebidos para evitar que la quiebra de una entidad bancaria tenga efectos importantes en el conjunto del sistema bancario y con ello mitigar la amenaza del potencial riesgo sistémico inherente.
Pero resulta relevante la existencia de que la figura jurídica defina cómo se procede con la resolución del rescate o una ley de quiebra, así como poder distribuirse el costo del rescate entre el Banco Central y el fondo de garantía, si existe.