«La belleza que atrae, rara vez coincide con la belleza que enamora».
José Ortega y Gasset
Desde hace algunos años en nuestro país ha aumento la cantidad de procedimientos quirúrgicos estéticos, tales como: Liposucción, Rinoplastia, entre otras de este tipo, y esto quizás podría deberse a la buena calidad de los especialistas que existen en esta materia o al hecho de que dichos procedimientos son menos costosos en nuestro país,pero sea cual sea la razón, cada día son más las personas que sin distinción de edad optan por someterse a una cirugía estética.
De igual manera por “coincidencias” de la vida, en los tribunales dominicanos nos encontramos con personas que se han visto en la obligación de interponer demandas por causa de mala práctica médica tras someterse a procedimientos estéticos que han obtenido resultados no esperados, como por ejemplo, una infección nosocomial, es decir una infección adquirida en el centro de salud. O por otro lado, que a consecuencia de dicha operación él o la paciente ha salido del quirófano con alguna complicación o lesión, y en el peor de los casos, la muerte.
A raíz de esta situación es en fecha 20 de marzo del año 2015 que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en virtud de las atribuciones que le otorga la Ley de Salud No. 42.01,dictó la resolución número 000008 que entre otras condiciones, regula el accionar de los cirujanos plásticos, estéticos y reconstructivos de nuestro territorio.
La mencionada resolución establece una serie de requisitos a cumplir por parte de los profesionales de la medicina que practiquen estos procedimientos, tales como, citamos:
Obtener título en la especialidad médica de cirugía plástica, estética y reconstructiva, el cual debe ser expedido por la faculta o escuela universitaria avalada por el Estado Dominicano, después de haber cursado un mínimo de dos (2) años de cirugía general y un mínimo de tres (3) años de cirugía plástica, estética y reconstructiva, titulo debidamente legalizado por el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT).
El profesional y especialista en cirugía plástica, estética y reconstructiva reconocido por el Estado Dominicano, deberá ser egresado de los programas de residencia medica reconocidos por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT).
El cirujano especialista en cirugía plástica, estética y reconstructiva y las clínicas, centros médicos y/o establecimientos de la salud que realicen los procedimientos regulados por la presente resolución deberán estar habilitados para tales fines.
Es bueno saber: Que si ya decidiste someterte a una cirugía estética, antes de influenciarte por la fama del doctor o del centro médico, indagues un poco para saber si tanto el galeno como el centro de salud cumplen con los requerimientos establecidos por la detallada resolución. Es algo muy fácil de hacer, por ejemplo, puedes pedir información al Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social sobre el profesional y el centro médico, recuerda que está en juego tu salud.
Ciertamente los profesionales de la medicina nos explican que toda cirugía por más simple que sea tiene sus riesgos. Cuida tu vida.