Los Métodos Alternos de Resolución de Conflictos han abierto posibilidades a los diversos organismos judiciales de Iberoamérica, ya que el tema ha sido tratado en países integrantes de la Cumbre Judicial Iberoamericana.
En 9 años, los países que componen este órgano judicial decidieron asumir dentro de sus instancias esos procedimientos pacíficos para abordar conflictos de la ciudadanía, los cuales entendían como objetivo descongestionar sus tribunales.
Crearon la Comisión Permanente de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos-Tribunales de Tratamiento de Drogas y Alcohol luego denominada Comisión de Mecanismos Alternativos y Restaurativos de Resolución de Conflictos y Tribunales de Tratamiento de Drogas y/o Alcohol (MARC-TTD).
En el link copiado más abajo, aporta a las personas interesadas documentos, acuerdos y posiciones de los poderes judiciales iberoamericanos los cuales pueden accesar y descargar.
Importante hacer visualizar cómo esos países se han articulado en una red para importantizar y enfatizar a las autoridades de estos órganos judiciales, sobre la trascendencia de estos medios alternativos tanto para las sedes judiciales como para sus ciudadanos.
La comisión Marc-ttd, a mi entender aún no ha calado en los países miembros sus objetivos trazados. Aun visualizo a los poderes judiciales iberoamericanos con un bajo interés en estos medios pacíficos de solución de controversias.
Eso debe preocupar a las personas que dirigen estas instancias judiciales, son las máximas autoridades, dígase a sus honorables señorías, las que deberían asumir como lo han expuesto en declaraciones de principios, planes, proyectos; no deberían esperar que organismos internacionales como la Unión Europea representada en Aeci o en los Estados Unidos de América en la Usaid, asuman posiciones encontradas con los poderes judiciales iberoamericanos.
A la fecha, han sido varios los proyectos ejecutados por esos organismos internacionales propulsando con fondos de esas instituciones los Método Alternos de Resolución de Conflictos, denominados en la República Dominicana como Métodos no Adversariales de Resolución de Conflictos vía la resolución marcada con el número 446-2023.
Sin embargo, sus ciudadanos están en constantes confrontaciones y desde las mismas expresan en las estadísticas tanto en los medios de comunicación como en organismos internacionales, el flagelo de la violencia tanto social como familiar y vecinal.
Aunque puede sonar raro lo que expongo en estos apuntes, pero solo basta con leer de manera virtual los medios de comunicación de los 23 países que componen la denominada Cumbre Judicial Iberoamericana, para darse cuenta del desvió de estos principios y objetivos expresado en la Comisión Marc-ttd.
Desde el 2016 a la fecha, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo de los Pueblos Americanos (Usaid), ha destinado recursos millonarios para sustentar, proyectar, sensibilizar y formar a personas mediadoras, conciliadoras, pacificadoras para promover la anhelada cultura de paz.
Los países iniciadores de la primera comisión Marc-ttd estuvo compuesta por: Bolivia, Costa Rica, República Dominicana, Honduras, España, Colombia, Nicaragua, Panamá, Chile, Ecuador y Paraguay. En los que cada participante firmó el acta de fundación de la Comisión MARC-TTD.
Pero los países de la Cumbre Iberoamérica son 23 en total, están: Estados de América y Europa, de lengua española y portuguesa: Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba Chile, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Puerto Rico, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay y Venezuela. Estando aún fuera de ese contexto judicial, la República de Haití.
Esta comisión está integrada por 7 miembros, dentro de los cuales están: don Francisco José Termnera Barrios, de la Corte Suprema de Colombia; Gerardo Rubén Alfaro Vargas, del Poder Judicial de Costa Rica; Roberto Contreras Olivares, Corte Suprema de Chile; María del Mar Cabrejas Guijarro; Maribel Cornejo Batista, Corte Suprema de Justicia de Panamá y Samuel Arias Arzeno, Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana.
Esta comisión tiene una dinámica de trabajo, en donde cada integrante cuenta con un equipo que asume compromisos en torno a productos para las cumbres judiciales en la que tienen que tomarse decisiones en relación a la dinámica de trabajo de cada instancia judicial. Cada órgano judicial posee dentro de su esquema de trabajos sus proyectos, programas y estrategia para resolver disputas a la ciudadanía.
Esas disputas tienen en cada poder judicial su contexto por país. Por lo que entiendo que cada corte suprema cuente con los planes adecuados según sus proyecciones.
Finalmente, facilito a mis lectores parte de los documentos elaborados por las personas comisionadas en la Comisión MARC-TTD.
Acta N° 1 – Comisión MARC-TTD, Acta Nº2 Comisión MARC -TTD – Santiago, Chile, Acta N°3 2023-2025 – Comisión MARC-TTD con firmas, Acta Nº4 – Comisión Permanente de MARC-TTD con firmas, Marc TTD – Brasilia, Anexo 17 Resolución de Controversias, Acta Comisión MARC-TTD (2023-2025), Anexo 12 – Reglas Comunes 14 de septiembre presentación, Anexo 11 – Presentación productos de Comisiones Permanentes – Reglas Comunes Iberoamericanas, Acta 8va reunión – Comisión MARC-TTD, Acta reunión virtual, Anexo 20 – Estándares Justicia Juvenil, cronograma comisión MARC-TTD Y ST, Planilla catálogo iberoamericana, cuadro productos y objetivos esquema de cooperación internacional, plantilla de cuestionario sobre guías prácticas de mediación, conciliación laboral y ttd y declaración iberoamericana sobre justicia juvenil restaurativa.
Por otro lado, están estos documentos: Manual del Participante Centros de Justicia Ciudadanos Comisión MARC-TTD, cuadro productos y objetivos esquema de cooperación internacional, plantilla de cuestionario sobre guías prácticas de mediación, conciliación laboral y ttd, declaración iberoamericana sobre justicia juvenil restaurativa, principios e indicadores en materia de mediación, conciliación laboral y ttd, declaración judicial iberoamericana sobre justicia ciudadana y participativa, proyecto para eurosocialplus comisión marcttd.
Además, Grupo I – Decálogo Iberoamericano sobre Justicia Ciudadana y … (11.12.17), 14 Convenio Comisión y terre de hommes, Grupo I – Decálogo Iberoamericano sobre Justicia Juvenil Restaurativa (07.12), 01 Principios e indicadores en materia de mediación, conciliación laboral y TTD, Grupo II – Plantilla – Guías prácticas de mediación, conciliación laboral y TTD, 03 Estándares de JJR en la implementación de medidas no privativas de libertad, Convenio suscrito Gobierno de San Juan, 07 Decálogo iberoamericano sobre justicia juvenil restaurativa, Grupo I – Decálogo Iberoamericano sobre Justicia Ciudadana y … (11.12.17), 14 Convenio Comisión y terre de hommes, Resumen actividad Comisión MARC-TTD – Lima 14 y 15 de diciembre de 2016 con observaciones CR y Declaración Iberoamericana sobre Justicia Juvenil Restaurativa.
Referencias:
1-Reglamento General sobre Mecanismos no Adversariales de Resolución de Conflictos en la República Dominicana y la Guía para Derivación Judicial de Casos a Mediación y Conciliación y Homologación de Acuerdos.
2-Comisión de Mecanismos Alternativos y Restaurativos de Resolución de Conflictos y Tribunales de Tratamiento de Drogas y Alcohol