Mejores ciudadanos

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J. Osiris Mota

Nuestros políticos tienen la gran virtud de crear leyes muy divorciadas de la realidad del país, sus necesidades y debilidades, que más que soluciones crean muchas confusiones y distorsiones al ser aplicadas, como nos está pasando con la Ley 63-17 del 24 de febrero de 2017. (Ley de Movilidad, Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial). Una ley muy compleja para la situación de nuestra movilidad y sus grandes debilidades y circunstancias.

Esta misma ley crea el Intrant (Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre) como órgano rector del sistema de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial de la República Dominicana.

En el art. 6 detalla los principios rectores de la movilidad, destacándose en varias partes la seguridad en los desplazamientos, pero también de algo tan importante y vital para lograr los objetivos de la ley como lo es el fortalecimiento de la educación vial de la ciudadanía. ¿Conocen los agentes de la Digesett, estos principios?
Ahora quiero puntualizar, una violación importante que el Intrant y la Digesett permiten a la DGII cometer cada año en la renovación de las placas o mejor dicho es el permiso de circulación de los vehículos en todo el país. Para ello le voy a transcribir lo que establece el Art. 161 de la referida ley

Artículo 161.- Expedición y renovación de las placas. Las placas de los vehículos de motor serán expedidas en número de dos (2) por la DGII, de conformidad con las normas administrativas dictadas al efecto. Para la renovación anual de las mismas será obligatoria la presentación del marbete de inspección técnico vehicular y de la póliza de seguro de vehículos de motor vigentes.

Vamos a ver cuántos inconvenientes crea a la sociedad la violación de solo este aspecto de la ley, que es esencial para lograr una buena movilidad con seguridad, que nos ahorrarían grandes sacrificios, en vidas como en recursos económicos.

Aquí se le entrega el permiso de circulación a cualquier vehículo, sin freno y con las peores condiciones de los neumáticos, sin luces de advertencias, incluyendo a vehículos de carga, que usted lo ve constantemente circulando en nuestras carreteras, poniendo en peligro la vida de los ciudadanos, y ni el Intrant-Digesett y menos los ayuntamientos, que son también responsables, asuman su papel que establece la presente ley, de proteger las vidas de los dominicanos, que mueren, se lesionan o pierden sus bienes, producido por estos conductores irresponsables y de los cuales las autoridades se hacen cómplices.

También la DGII entrega el permiso de circulación a vehículos sin seguros, que producen accidentes a los cuales no indemnizan, creando más pobreza y dolor a nuestros hogares, donde también las autoridades se hacen cómplices de estas irresponsabilidades de nuestros conductores. Si logramos que se cumpla tan solo este artículo 161 de la ley, le puedo asegurar que iremos resolviendo muchos problemas y conflictos sociales



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