Santo Domingo.-Hace doce días que el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 123-15 que crea el Servicio Nacional de Salud (SNS).
Esto significa que de ahora en adelante el Ministerio de Salud Pública se dedicará solo a la rectoría del sistema, en tanto que el Servicio Nacional de Salud tendrá bajo su responsabilidad los Servicios Regionales de Salud (SRS), los cuales se componen de los servicios de atención de carácter público que incluyen el Ministerio de Salud, los hospitales de autogestión, los del Instituto Dominicano de Seguros Sociales y otros identificados en esta ley.
Junto con la creación del SNS está la Dirección Central del Servicio Nacional de Salud, que tiene una serie de atribuciones, entre las que está promover y supervisar la aplicación del modelo de red de los Servicios Regionales de Salud y sus manuales de operación para el servicio de la población.
Esta debe estar orientada con base en el Plan Decenal de Salud, Modelo de Atención y las prioridades que establezca el Ministerio de Salud Pública en su accionar como máxima autoridad.
También tendrá la responsabilidad de definir en un plazo de 80 días un modelo estandarizado de gestión tendente asegurar la efectividad técnica, administrativa y financiera de los servicios Regionales de Salud en base al desarrollo de la autogestión administrativa.
Solicitud de las ARS
Hace poco la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud le solicitó a Cristina Lizardo, presidenta del Senado de la República, la eliminación del párrafo II del artículo 14 de dicha ley, que las “obliga” a comprar servicios.
Este artículo se quedó intacto, pese a que la entidad había dicho mediante un comunicado que ese párrafo es violatorio al principio de libre elección establecido en la Ley 87-01 de Seguridad Social.