Más de 200 personas siguen desaparecidas en RD en el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas

  • La nueva “Ley Alerta RD” permite la búsqueda inmediata por parte de las autoridades al recibir el reporte

Niños desaparecidos que las autoridades ni familiares han podido dar con una pista de ellos.
El niño Roldany Calderón a la izquierda y la pequeña Briana Genao Rosario.

Santo Domingo.- Decenas de personas permanecen desaparecidas a nivel nacional, entre ellas menores de edad y adultos, cuyos familiares mantienen la esperanza de encontrarlas con vida. A la fecha, en República Dominicana se mantiene activa la búsqueda de 241 personas.

Este domingo 30 de agosto se conmemora el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, una fecha proclamada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para honrar a las personas afectadas por este delito y respaldar a sus familias. En República Dominicana, esta jornada también sirve para recordar los casos de desapariciones ocurridos a lo largo de la historia del país.

Un total de 241 personas continúan desaparecidas y sus casos permanecen pendientes de resolución, según datos oficiales de la Dirección Central de Investigación (DICRIM) de la Policía Nacional, divulgados hasta julio de 2026.

Desde 2018 hasta julio de 2026, en República Dominicana se han reportado 4,171 personas como desaparecidas. De estas, 3,398 fueron localizadas con vida y 532 fueron encontradas fallecidas, mientras que 241 casos permanecen abiertos y continúan bajo investigación y búsqueda.

Casos que han consternado a la sociedad

Entre los casos de desaparición que han generado preocupación y consternación en la sociedad dominicana se encuentran:

Roldany Calderón: A la edad de 3 años, desapareció el 30 de marzo de 2025 mientras se encontraba en el patio de una casa ubicada en la comunidad de Manabao, provincia La Vega.

Brianna Genao: A la edad de 3 años, desapareció el 31 de diciembre de 2025 mientras jugaba con otros niños en la comunidad de Barrero, municipio de Imbert, provincia Puerto Plata.

Sudiksha Konanki: Joven de origen indio, de 20 años y estudiante de la Universidad de Pittsburgh, quien desapareció en Punta Cana. Fue vista por última vez el 6 de marzo de 2025 por unos amigos con quienes compartía. Su caso permanece entre los que han generado gran atención pública.

Proceso desde la denuncia hasta la ejecución de la búsqueda

Con la Ley 25-26, Alerta RD, promulgada en junio de este año, se busca agilizar los protocolos de difusión inmediata y coordinar de manera electrónica la búsqueda de menores de edad, adultos mayores y personas en situación de vulnerabilidad reportadas como desaparecidas en todo el territorio nacional.

A diferencia de años anteriores, cuando se informaba que debía esperarse más de 24 horas desde el reporte de una desaparición para ejecutar las labores de rastreo, la Policía Nacional y el Ministerio Público ahora deben activar el sistema de manera conjunta en un plazo menor de 24 horas después de recibida la denuncia.

La Ley Alerta RD establece que las autoridades deben ejecutar las acciones de búsqueda antes de que transcurran 24 horas. La legislación crea y regula el funcionamiento de las alertas como un mecanismo de búsqueda inmediata a nivel nacional para la prevención, localización, asistencia y resguardo de las personas desaparecidas.

Durante los procesos de localización, se garantizará a los familiares de las víctimas el acceso a la información relacionada con el caso. Asimismo, deberán ser informados, de manera comprensible, sobre las acciones realizadas, sin menoscabo de la investigación.

La referida legislación establece que las actuaciones contempladas en sus protocolos deberán realizarse con celeridad, debida diligencia y de manera ágil y oportuna, evitando obstáculos que impidan o dilaten injustificadamente la búsqueda.

Tampoco podrá considerarse justificada ninguna inactividad cuando exista un peligro inminente ante la posible vulneración de los derechos fundamentales de la persona reportada como desaparecida.

Los organismos vinculados al cumplimiento de esta ley deben garantizar la confidencialidad y protección de los datos durante la investigación, así como la seguridad de la información suministrada, especialmente en la difusión de casos relacionados con personas en situación de vulnerabilidad.

Asimismo, las instituciones involucradas en la aplicación de la norma garantizarán que todas las personas, independientemente de su situación, sean tratadas con absoluto respeto a sus derechos, principios, creencias, autonomía personal y demás características que otorguen valor a su individualidad, conforme a la Ley Alerta RD.

Las autoridades deberán evitar formalidades excesivas o procedimientos burocráticos innecesarios que puedan provocar dilaciones o retrasos, a fin de garantizar una respuesta oportuna dentro del ámbito de sus competencias.

Todas las acciones contempladas en los protocolos estarán fundamentadas en el reconocimiento de la dignidad humana y en la obligación de respetar y garantizar los derechos humanos. Además, la búsqueda de personas en situación de vulnerabilidad requiere el uso de procedimientos, experiencias y conocimientos especializados que respondan a las necesidades particulares de cada individuo, sus familiares y allegados.

La ejecución de los protocolos por parte de los organismos encargados se aplicará a toda persona desaparecida, sin distinción de nacionalidad, raza, etnia, sexo, género, edad, creencias, religión, pertenencia a determinado grupo social u opinión política, o cualquier otra condición. Se garantizará un trato igualitario, sin perjuicio de aquellos casos de vulnerabilidad que ameriten ser priorizados.

En los casos de desaparición de un niño, niña o adolescente, deberán realizarse todas las acciones necesarias para lograr su pronta localización y resguardo.

La ley establece que la activación, tramitación y aplicación de los protocolos de búsqueda es un proceso totalmente gratuito. Además, dispone que las instituciones actuarán con pleno apego a la Constitución, los tratados internacionales, las leyes y demás normas que integran el ordenamiento jurídico.

Sobre el autor

Teresa Casado

Periodista y abogada con amplia experiencia cubriendo la fuente de Justicia.