Santo Domingo.-El Ministerio de Administración Pública (MAP) limitó la cantidad de asesores en las instituciones del Poder Ejecutivo, quienes sólo podrán ser nombrados según la cantidad equivalente al número de viceministerios, subdirecciones generales o nacionales, intendencias o subadministraciones.
Mediante la Resolución núm. 184-2024, el MAP especifica que la medida aplica, con carácter vinculante y obligatorio, a todos los entes y órganos administrativos bajo la dependencia del Poder Ejecutivo, es decir, a la Administración pública central.
Sin embargo, la institución aclaró que quedan excluidos de su ámbito de aplicación, los asesores que sean designados por la Presidencia de la República, a través de los Ministerios de la Presidencia (Minpre) y Administrativo de la Presidencia (Mapre) y por la Vicepresidencia de la República.
De igual modo, los que sean nombrados por los Ministerios de Defensa (MIDE) y de Relaciones Exteriores (Mirex), dentro de la racionalidad, y dando cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente, en materia de función pública y presupuesto.
Estas medidas se inscriben en la Ley 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo, la Ley 247-12 Orgánica de la Administración Pública, Ley 41-08 de Función Pública y la Ley 423-06 Orgánica de Presupuesto para el Sector Público.
Resolución
—1— Excepción
En casos particulares y excepcionales, el MAP podrá aprobar la designación de un mayor número de asesores, siempre y cuando el ente u órgano que lo requiera justifique la necesidad del cargo.
—2— Presupuesto
La Contraloría aprobará pagos de asesores, con efectividad a partir de enero de 2025, con aprobación del MAP.