Madre de "Esperancita" y organizaciones piden reconocer las tres causales en República Dominicana

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Rosa Herminia Hernández, madre de Rosaura Almonte, conocida como “Esperancita”, junto a varias organizaciones sociales y de derechos humanos, busca que se reconozca el derecho a decidir y se permita la interrupción del embarazo en las tres causales, con el objetivo de garantizar los derechos a la vida, la salud y la dignidad de las mujeres en República Dominicana.

La solicitud fue presentada mediante una acción directa de inconstitucionalidad contra varios artículos del Código Penal Dominicano ante el Tribunal Constitucional, instancia que dejó el caso en estado de fallo y anunció que emitirá su decisión en una próxima audiencia.

La demanda cuestiona los artículos 106, 107, 108, 110 y 111 de la Ley 74-25, que instituye el Código Penal Dominicano. Según los accionantes, estas disposiciones mantienen la criminalización absoluta de la interrupción del embarazo, sin contemplar excepciones, poniendo en riesgo la vida de mujeres, adolescentes y niñas en situaciones extremas.

Los abogados de Rosa Herminia Hernández sometieron la acción para impugnar diversos artículos del Código Penal con el propósito de lograr una interpretación armónica de la Constitución que permita la interrupción del embarazo en las tres causales y garantice los derechos fundamentales de las mujeres.

Una lucha por la vida y la dignidad

“Mi hija Rosaura murió siendo una adolescente de 16 años porque se le negó el tratamiento médico que necesitaba por estar embarazada. Nunca más otra madre debería pasar por este sufrimiento”, expresó Rosa Herminia Hernández.
Rosaura Almonte, conocida como “Esperancita”, falleció en 2012 tras ser diagnosticada con leucemia durante las primeras semanas de embarazo. De acuerdo con los accionantes, la quimioterapia que necesitaba para salvar su vida fue retrasada debido a su condición de embarazada.

“Nunca más otra madre debería pasar por este sufrimiento”, reiteró Hernández.

La acción es respaldada por organizaciones como la Alianza Cristiana Dominicana, Católicas por el Derecho a Decidir y otros defensores de derechos fundamentales, quienes consideran que el caso de Esperancita evidencia las consecuencias de la legislación actual.

Según explican, la falta de un tratamiento oportuno y adecuado provocó el fallecimiento de la adolescente, convirtiéndose en uno de los casos más emblemáticos del debate sobre las tres causales en República Dominicana.

Argumentos jurídicos de la acción

La Acción Directa de Inconstitucionalidad sostiene que la penalización absoluta de la interrupción del embarazo vulnera derechos fundamentales consagrados en los artículos 37, 38, 39, 42, 44, 56 y 74 de la Constitución Dominicana, incluyendo el derecho a la vida, la salud, la integridad personal, la dignidad y la igualdad.

Los accionantes argumentan que la inclusión de excepciones constituye una exigencia constitucional, ya que el derecho a la vida establecido en el artículo 37 debe interpretarse en armonía con los derechos de la mujer embarazada y no como una protección absoluta que implique sacrificar su vida o dignidad.

Asimismo, señalan que más del 70 % de los países que reconocen constitucionalmente la protección de la vida prenatal permiten la interrupción del embarazo en circunstancias extremas, citando como ejemplos a Ecuador, Chile y Perú.

También cuestionan el artículo 111, al considerar que la eximente contemplada resulta ambigua, incompleta y disfuncional, generando inseguridad jurídica entre los profesionales de la salud.

Según sostienen, el temor a posibles sanciones penales provoca retrasos en decisiones médicas urgentes que pueden terminar costando vidas.

De igual forma, afirman que el artículo 110 permitiría abortos forzosos en contra de la voluntad de la mujer, vulnerando el derecho al consentimiento informado y constituyendo un trato cruel, inhumano o degradante.

“Esta acción busca algo muy simple: que ninguna mujer o ninguna niña tenga que elegir entre su vida, su salud y la cárcel, porque la Constitución dominicana las protege”, expresó la abogada constitucionalista Patricia Santana Nina, integrante del equipo legal que también conforman Cristóbal Rodríguez, Ivanna Molina Peña, Luis Fernández Budajir, Tamara Aquino Veras y Pedro Castellanos Hernández.

Casos y estadísticas presentados ante el Tribunal Constitucional

La documentación presentada por los accionantes señala que 585 niñas entre 11 y 14 años se convirtieron en madres durante 2024. Además, indica que entre 2017 y 2022 se registraron 62 casos de aborto y 16 tentativas sometidas a procesos judiciales, según datos de la Procuraduría General de la República.

La acción también cita los casos de Adilka Feliz, fallecida en 2024; Carmen Dionelys Martínez Bonilla, quien murió a las 20 semanas de embarazo mientras padecía falcemia agravada por la gestación; y Winifer Núñez Beato, fallecida en 2021 a consecuencia de un embarazo con un feto inviable, dejando huérfana a una niña de dos años.

“La fe cristiana nos llama a alzar la voz por la inclusión de excepciones en la ley por el bien de las familias dominicanas que están sufriendo”, afirmó una representante de la Alianza Cristiana Dominicana.

La demanda sostiene además que la Biblia no condena explícitamente la interrupción del embarazo y que una parte significativa de la población dominicana respalda la despenalización en circunstancias extremas.

“Estamos defendiendo que la Constitución no protege una vida en abstracto, sino que exige preservar la vida humana en condiciones de dignidad”, explicó el equipo legal.

Posición de los sectores que se oponen a las tres causales

Durante la audiencia, el abogado Cristóbal Rodríguez solicitó al Tribunal Constitucional admitir la acción directa de inconstitucionalidad contra los artículos 106, 107, 108, 110 y 111 de la Ley 74-25, así como contra disposiciones específicas relacionadas con las eximentes contempladas en el Código Penal.

Por su parte, el jurista Warren Castillo, representante de organizaciones que intervienen voluntariamente en el proceso y se oponen a la acción, pidió rechazar el recurso al considerar que permitir la interrupción del embarazo en las tres causales pondría en riesgo la protección constitucional del derecho a la vida de los no nacidos.

En el mismo sentido se pronunciaron otros representantes legales de organizaciones contrarias a la demanda, quienes sostienen que los artículos impugnados son compatibles con la Constitución y que el Estado tiene el deber de proteger la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural.

Postura de la Procuraduría General de la República

La representación de la Procuraduría General de la República solicitó al Tribunal Constitucional rechazar la acción directa de inconstitucionalidad.

Según su posición, los argumentos presentados por los accionantes comparten un mismo defecto jurídico al intentar sustituir la voluntad soberana del constituyente dominicano expresada en el artículo 37 de la Constitución por interpretaciones extensivas de convenios internacionales y principios constitucionales.

La Procuraduría sostuvo que la protección de la vida desde la concepción, la dignidad del nasciturus (es el concepto jurídico que se designa al ser humando desde la concepción hasta su nacimiento) y las eximentes previstas para situaciones extremas conforman un sistema normativo coherente, constitucionalmente válido y bioéticamente justificable, por lo que no existe vulneración de los derechos alegados.

Tribunal Constitucional deja el proceso en estado de fallo

El Tribunal Constitucional, presidido por el magistrado Napoleón Estévez, dejó el expediente en estado de fallo para emitir su decisión en una próxima audiencia.

Antes de concluir el proceso, el órgano otorgó un plazo de cinco días hábiles a las partes para ampliar sus escritos y presentar argumentos complementarios.

Mientras se desarrollaba la audiencia, un grupo de mujeres se manifestó frente a la sede del Tribunal Constitucional exigiendo la aprobación de las tres causales como mecanismo para proteger los derechos, la salud y la vida de las mujeres dominicanas.

Sobre el autor

Teresa Casado

Periodista y abogada con amplia experiencia cubriendo la fuente de Justicia.