SANTO DOMINGO.-Las empresas tienen la obligación de pagar a los empleados suspendidos el sueldo de Navidad basado en los cuatro meses laborales, previo a la pandemia Covid-19, afirmó el experto laboral Rafael Alburquerque.
Sostuvo que el hecho de que estén suspendidos no significa que hayan perdido sus derechos laborales, por tanto las empresas deben pagar el salario 13.
Para el empleado calcular cuál será el salario que recibirá para las fiesta navideña deberá de calcular el salario mensual por cuatro y dividirlo por 12, explicó Alburqueque a EL DÍA.
Se recuerda que los gremios de trabajadores han planteado que los empresarios deben de aportar un estimado de 8,500 pesos a los 500 mil empleados suspendidos, sin embargo, los patronos aseguran que no están en capacidad financiera de asumir esos costos, por lo que han propuesto al Gobierno buscar mecanismos para realizar dichos pagos.
Por otro lado, Alburqueque dijo que los trabajadores que hayan sido cancelados, luego de casi seis meses de suspención laboral tienen derecho a sus prestaciones calculando la temporada suspendida.
Detalló que la Ley Laboral manda a que se calcule basado en la determinación de la antigüedad y se toma en cuenta el promedio de los salarios devengados en el último año del trabajador para la determinación del monto a pagar por los empleadores.
El experto refirió que los empleados suspendidos que no han recibido sus prestaciones pueden iniciar un procedimiento legal.