Ley orgánica u ordinaria: La polémica del proyecto de Fideicomiso Público

Ley orgánica u ordinaria: La polémica del proyecto de Fideicomiso Público

Ley orgánica u ordinaria: La polémica del proyecto de Fideicomiso Público

Santo Domingo.- En el centro de la polémica se encuentra el proyecto de ley de Fideicomiso Público aprobado en primera lectura en la sesión ayer en la Cámara de Diputados de forma ordinaria.

Los diputados de la oposición entienden que la aprobación es inconstitucional, ya que se votó como una ley ordinaria y no como orgánica, por lo que el proyecto puede termine en el Tribunal Constitucional.

A propósito de la discusión entre los legisladores. ¿Cuál es la diferencia entre ley orgánica y ordinaria?

Las leyes orgánicas y las leyes ordinarias están claramente definidas en los artículos 112 y 113 de nuestra Ley Suprema, diferenciándose una de otra en que las leyes orgánicas por la naturaleza de las mismas y por tratar temas más trascendentales e importantes, requieren la aprobación de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea, a diferencia de las leyes ordinarias que requieren para su aprobación la mayoría absoluta de los votos de los presentes en ambas cámaras.

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Lo que dice la oposición 

Ayer el bloque de diputados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) dijo que la aprobación del proyecto Fideicomiso viola la Constitución.

Juan Julio Campos, vocero de  los diputados del PLD hizo aclaró que su Partido no se opone al proyecto de Fideicomiso, sino a la forma en que se ha aprobado.

Precisó que el proyecto aprobado en primera lectura es una Ley Orgánica y como tal; como se describe en los artículos 128, Numeral 2, Literal D de la Constitución de la República y en el artículo 112, en su aprobación debe intervenir una mayoría calificada, es decir las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea.

De su lado el diputado Radhamés Camacho, declaró que esta es una ley que debe volver de nuevo a Comisión, como lo planteó en el hemiciclo, para que se celebren vistas públicas porque es una ley que compromete el presente y el futuro de la República Dominicana.

En ese sentido se manifestó Omar Fernández, vocero de los diputados de la Fuerza del Pueblo que sostiene que la aprobación se ha dado de manera inconstitucional.

Apuntó que al proyecto se ha manejado como ley ordinaria cuando en realidad es una ley orgánica que requiere de las dos terceras partes para pasar.

Fernández fue enfático al decir que el Partido Revolucionario Moderno (PRM) no tiene los votos para lograr pasar esta ley. La aprobación alcanzó 103 votos a favor y 61 en contra.

En tanto que, José Dantés, secretario de Asuntos Jurídicos del PLD señaló que el proyecto debe ser orgánico, ya que regula presupuesto, planificación e inversión pública.

“El proyecto de Ley de Fideicomisos Públicos es una ley orgánica pues su naturaleza regula el presupuesto, planificación e inversión pública y, para ser válida, tal y como establece el art. 112 constitucional, ha de ser votada por las 2/3 partes de los presentes en ambas cámaras”, escribió el juarista en su cuenta de twitter.

Dijo demás, que El fideicomiso público es un instrumento de inversión, gestión y planificación de rentas públicas, todo lo cual se relaciona de forma directa con actividades y propósitos estatales como la misma inversión de dichas rentas públicas. «Por lo tanto es orgánica».

Consultor jurídico del Poder Ejecutivo 

El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta dijo que la pieza no es orgánica por lo que no era necesaria la mayoría especial para su aprobación.

«Las leyes no son orgánicas porque uno quiera que sean orgánicas o no sean orgánicas, sino porque, hay requerimientos técnicos constitucionales que desde mi punto de vista…no están calificados, identificados esos elementos constitucionales que se exigen para que la ley se orgánica», explicó el jurista.

Peralta explicó  que las personas que plantean que la propuesta de ley de fideicomiso aprobada en primera lectura en la Cámara de Diputados tiene carácter orgánico «No han leído el proyecto de ley».

 



Edilí Arias

Edilí Arias, periodista. Especialista en temas de salud.