Ley distribuiría con cabildos ingresos multas de tránsito

Ley distribuiría con cabildos ingresos multas de tránsito

Ley distribuiría con cabildos ingresos multas de tránsito

Los diputados se reunieron para tratar el tema.

SANTO DOMINGO.- Aunque ya la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, contempla distribuir los ingresos obtenidos por el Estado por concepto de las multas de tránsito, una nueva iniciativa permitiría que parte de esos recursos se los quede el municipio en el que se cometió la infracción.

El proyecto de ley, de la autoría del diputado Tobías Crespo, modifica entre otros artículos el 298, proponiendo que los cobros obtenidos por las multas cuya violación sea en el ámbito municipal, sea prorrateado de la siguiente manera: 30 por ciento va al municipio donde se produjo la violación, 25 por ciento a la Procuraduría General de la República (PGR), 25 por ciento al INTRANT y un 20 por ciento a la DIGESETT.

Cuando la multa se aplique fuera del ámbito municipal, el párrafo único del artículo 298 del proyecto de modificación establece que el 35 por ciento iría a la PGR, un 35 por ciento para el INTRANT y un 30 por ciento para la DIGESETT.

Representantes de la DIGESETT dieron a conocer una opinión favorable sobre la división de los montos, aduciendo que en la actual legislación el 75 por ciento de las recaudaciones por multas de tránsito va a la PRG y el restante 25 por ciento al INTRANT, dejando al brazo ejecutor de la Ley (la DIGESETT) en el aire.

Responsabilidad

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También, modifica el artículo 305, sobre la responsabilidad civil por los accidentes de tránsito, estableciendo que el conductor de un vehículo y su propietario serán solidariamente responsables por los daños causados.