Santo Domingo.– La Ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) está próxima a completar un proceso de reforma luego de las críticas suscitadas con la aprobación y promulgación de un primer proyecto que, a juicio de sectores, comprometía los derechos y libertades públicas.
Tras las cuestionantes lideradas por la Sociedad Dominicana de Diarios y otras entidades de la sociedad civil, el proyecto volvió a reintroducirse en el Senado y, tras su aprobación en la Cámara Alta, llegó a la Cámara de Diputados, que lo acaba de despachar aunque con modificaciones, lo que implica que retorne al Senado y no al Poder Ejecutivo.
Coa pieza propuesta, partiendo del informe de la Comisión Permanente de Defensa de la Cámara de Diputados, se intenta corregir las distorsiones o malas interpretaciones del proyecto anterior, dejando la iniciativa como un bisturí —instrumento cortante de alta peligrosidad, pero necesario en materia de seguridad nacional— que deberá ser utilizado solo por cirujanos, es decir, por manos expertas expresamente autorizadas y bajo la indicación previa de un juez competente.
El texto aprobado delimita las atribuciones del organismo, subrayando de manera expresa que toda obtención de información de carácter privado —ya sea mediante intervención de comunicaciones, registros domiciliarios o requerimientos de datos personales— deberá contar obligatoriamente con autorización judicial previa, conforme a los parámetros establecidos en el Código Procesal Penal.
Asimismo, la normativa incorpora principios rectores que buscan cerrar el margen a la discrecionalidad.
El ejercicio de la inteligencia y la contrainteligencia queda sujeto a los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, de modo que cualquier actuación del Estado deba guardar equilibrio entre los fines de la seguridad nacional y la preservación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución.
Protección a periodistas del DNI
En esa misma lógica, el proyecto introduce prohibiciones procurando blindar áreas sensibles del sistema democrático.
Se prohíbe de forma taxativa cualquier forma de discriminación por razones de raza, religión o género en la obtención de información, así como la interferencia en actividades políticas o partidarias.
De manera particular, se refuerza la protección de las fuentes periodísticas, dejando claro que los mecanismos de inteligencia no podrán ser utilizados para obligar a periodistas a revelar información protegida por el secreto profesional.
Como mecanismo adicional de control, la ley contempla la figura de un inspector general dentro de la DNI, responsable de la fiscalización interna y de verificar que las actuaciones del organismo se desarrollen dentro del marco constitucional y legal, evitando desviaciones en el uso de facultades altamente sensibles.
Aquí, en términos prácticos, la analogía del bisturí vuelve a cobrar sentido: se trata de una herramienta indispensable para extirpar amenazas graves al cuerpo del Estado, pero cuyo uso indebido podría causar daños irreparables si no se aplica bajo reglas precisas y supervisión especializada.
Negarse a colaborar con el DNI
En materia sancionadora, el artículo 28 establece que será sancionada toda persona que, existiendo autorización judicial válida, oculte datos o informaciones relativas a la seguridad nacional que hayan sido formalmente requeridas por la DNI y sobre las cuales tenga conocimiento.
Esta conducta será castigada con penas de prisión menor de dos a tres años y multas equivalentes a entre nueve y quince salarios mínimos del sector público.
Las mismas sanciones aplicarán para quienes revelen o destruyan información sometida al secreto oficial de la DNI, así como para aquellos que usurpen funciones, utilicen documentos de identidad de la institución de manera indebida u obstruyan sus labores.
De igual modo, la normativa establece el deber de todas las entidades públicas de informar sin demora a la DNI cualquier dato relevante para la seguridad nacional del que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones.
Como ya dijimos, el proyecto retorna ahora al Senado, donde deberá ser ponderado nuevamente antes de su eventual envío al Poder Ejecutivo.