Ley declara muertos a desaparecidos después de cuatro años
Santo Domingo. – Los padres de Sudiksha Konanki solicitaron a las autoridades que se le declare oficialmente muerta, tras no tener rastro de la joven estudiante desde su desaparición el pasado seis de marzo en las playas del hotel Riu en Punta Cana.
No obstante, de manera legal, en el país una persona desaparecida recibe la declaratoria de fallecimiento judicial después de cuatro años de su ausencia física, conforme a lo establecido en el artículo 115 del Código Civil.
Sin embargo, debido a las circunstancias del hecho, el proceso judicial se puede adelantar en favor de los familiares de los desaparecidos, siempre y cuando cuenten con la aprobación de las autoridades.
Es el caso de las 12 personas desaparecidas tras la explosión de San Cristóbal ocurrida en agosto del 2023, que fueron declaradas jurídicamente fallecidas por el Congreso Nacional.
El proyecto de ley fue propuesto por Ydenia Doñé Tiburcio, diputada de esa provincia por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Mientras que, la iniciativa fue promulgada en agosto pasado por el presidente Luis Abinader, a un año del siniestro que enlutó a toda la demarcación sureña, como la ley 41-24, que dispuso que todos los familiares de las víctimas puedan regularizar sus registros de estado civil.
Proceso formal
Una vez transcurrido el tiempo legalmente establecido, los familiares pueden solicitar a un juez que declare al desaparecido ausente, para que se puedan adoptar medidas destinadas a proteger sus bienes y derechos.
Empero, la declaratoria oficial no se hace inmediatamente, ya que el Código Civil sostiene que la declaración de ausencia no se pronunciará sino un año después del fallo en que se ordenara la información.
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