Legisladores llevan al Tribunal Constitucional suspensión de indexación salarial

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El senador de Santo Domingo, Omar Fernández, junto a legisladores de distintos partidos políticos, busca garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código Tributario sobre la indexación de los salarios.

Esto se realiza mediante una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta ante el Tribunal Constitucional, recurso que quedó en estado de fallo.

La acción directa de inconstitucionalidad es contra el artículo 45 de la Ley 99-25 de Presupuesto General del Estado para 2026, el cual suspende la aplicación del ajuste por inflación de los tramos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), según explicó el legislador de la Fuerza del Pueblo a la salida de la sala de audiencia del Alto Tribunal.

Fernández indicó que la indexación del impuesto a los salarios de los trabajadores debe elevarse a RD$52,000, como establece el Código Tributario. Tras defender sus argumentos, expresó que una modificación por debajo de ese monto sería “cumplir la ley a medias o simplemente violar lo que establece la normativa”.

Asimismo, señaló que esta distorsión debe ser corregida, garantizando el derecho de los trabajadores a cubrir sus necesidades básicas sin tributar múltiples veces.

"En el día de hoy, como han visto, se ha celebrado una primera audiencia respecto del recurso o la acción directa de inconstitucionalidad que hemos sometido un grupo de legisladores de distintos partidos políticos, donde ha quedado claro que tanto la sociedad como la oposición se ha unificado en torno a una causa”, dijo Fernández.

Esa causa es la indexación de los salarios de los trabajadores, tal como lo establece el Código Tributario. Año tras año, y ya van ocho años, se suspende de manera temporal la aplicación del artículo que indexaría la base imponible de los salarios que pagan Impuesto Sobre la Renta.

“La realidad que tenemos hoy en República Dominicana es que todo trabajador que devenga un salario de aproximadamente RD$34,000 empieza a pagar impuestos sobre la renta”, manifestó, puntualizando que el monto debería ser a partir de los RD$52,000, como establece la ley.

Los magistrados del Alto Tribunal, presidido por el juez Napoleón Estévez, se reservaron el fallo (Queda en estado de fallo) para una próxima audiencia.

La función del Tribunal Constitucional es garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales

Desarrollo de la audiencia, previo a reservar el fallo.

Los legisladores, representados por los abogados Manuel Fermín Cabral, Julián Gómez Mencía y Félix Nova Hiciano, solicitaron acoger la acción directa de inconstitucionalidad y declarar no conforme con la Constitución el artículo 45 de la Ley 99-25 que aprueba el Presupuesto General del Estado para el ejercicio fiscal 2026.

La referida normativa fue publicada en la Gaceta Oficial No. 11-223, de fecha 17 de diciembre de 2025.
Por su parte, la Cámara del Senado de la República y la Cámara de Diputados, partes accionadas en el proceso, solicitaron el rechazo del recurso.

La Cámara del Senado de la República, representada por los abogados Virginia Méndez, Fayo Garrido y Alejandro Peña Núñez, pidió rechazar la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por varios legisladores del Congreso Nacional contra los artículos 45 de la Ley 99-25, alegando que no existe vulneración de los artículos 14, 15, 74.4, 75.6, 110 y 243 de la Constitución dominicana.

Asimismo, solicitaron acoger su escrito por no evidenciarse transgresión alguna a las disposiciones constitucionales invocadas por los accionantes.

De igual manera, los representantes de la Cámara de Diputados, Tirso Ramírez y Jerry Antonio del Jesús Castillo, solicitaron acoger la opinión institucional depositada ante la Secretaría del Tribunal Constitucional el 15 de mayo de 2026 y rechazar la acción de inconstitucionalidad presentada por el legislador Omar Fernández y compartes.

En tanto, la representante de la Procuraduría General de la República solicitó el rechazo de la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Omar Fernández y compartes contra el artículo 45 de la Ley 99-25, por considerar que no se acredita vulneración alguna de los artículos constitucionales señalados por los accionantes.

La representante del Ministerio Público sostuvo que dicha posición está fundamentada en las consideraciones expuestas en el escrito depositado ante el Tribunal Constitucional.

Sobre el autor

Teresa Casado

Periodista y abogada con amplia experiencia cubriendo la fuente de Justicia.