El presidente Luis Abinader, anunció el pasado 15 de agosto 2024, a través de su canal de WhatsApp, el nombramiento del Ing. Kelvin Cruz como el nuevo ministro de Deportes, el cual era el Alcalde del municipio de La Vega, hasta su juramentación.
La Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, en su artículo 64 definen claramente, la sustitución al producirse la vacante del alcalde o la alcaldesa por cualquiera de las causas, que producen la pérdida del mismo, se procederá a posesionar al vicesíndico/a, quien prestará juramento ante el Concejo Municipal en sesión extraordinaria convocada al efecto.
No obstante, el 19 de agosto 2024, la vicealcaldesa Amparo Custodio también anunció su renuncia a la alcaldía.
Entendemos que fue un error de la vicealcaldesa Custodio, debido al gran vació institucional generado, y la torpeza que al manejo de esa renuncia le han dado los dirigentes del Partido Revolucionario Moderno (PRM).
El Comité Ejecutivo Municipal del PRM, en La Vega, anunció el 22 de agosto la conformación de una terna de candidatos para elegir alcalde de ese municipio, integrada por Danny Holguín, presidente del PRM en La Vega; Esteban García, presidente del Concejo de Regidores del Ayuntamiento de La Vega, y el diputado Agustín Burgos.
El 18 de septiembre 2024 la Comisión Ejecutiva Nacional del PRM escogió al diputado Agustín Burgos para encabezar la terna que enviarían al presidente Luis Abinader para que procediera a su designación.
Claramente, un acto y una acción ultra petita, debido a que el párrafo I, del artículo 64 de la Ley 176-07, dice textualmente lo que debe hacer. Citamos:
Párrafo I.- Si no hubiera vicesíndico/a, el presidente/a del Concejo Municipal se dirigirá al Presidente de la República para que proceda a su designación conforme el procedimiento establecido en la Constitución de la República.
Esto significa que la cúpula de PRM en La Vega y la Comisión Ejecutiva Nacional, se equivocaron. En el almuerzo del Grupo de Comunicaciones Corripio, el 23 octubre 2024, José Ignacio Paliza, presidente del PRM y ministro de la Presidencia, declaró “que no hay jurisprudencia que indique la forma de elección del nuevo alcalde del ayuntamiento de La Vega”. Lo que, se suma a las inobservancias vistas anteriormente.
Paliza debe entender que el artículo 64, numeral I, de la ley 176-07, y la Constitución de la República, artículo 128, numeral 2, literal a), permite al presidente Abinader la designación del alcalde tras las renuncias del alcalde y la vicealcaldesa.
Lo cierto es que hay problemas de interpretación, dadas las contradicciones de muchos juristas, entre estos, Milton Ray Guevara, que plantea la tesis de nuevas elecciones para elegir el alcalde, y Olivo Rodríguez Huertas, quien afirma que no es necesario convocar elecciones para elegir un nuevo alcalde de La Vega.
La solución viable para resolver este conflicto jurídico, es que la Junta Central Electoral, solicite la revocación de su renuncia como alcaldesa del Municipio de La Vega, Amparo Custodio.