La reforma tributaria y la eficiencia económica

La reforma tributaria y la eficiencia económica

La reforma tributaria y la eficiencia económica

Daris Javier Cuevas.

Debo iniciar precisando que en economía se aprende a citar a cada cosa por su nombre para que se puedan entender mucho mejor.

En efecto, el gobierno dominicano ha dado a conocer su intención de promover una reforma fiscal, sin embargo, una mirada detenida sobre tal propuesta lo primero que queda evidenciado es que se trata de una reforma tributaria y como tal hay que darle ese tratamiento e interpretación para fines del debate.

Interesado en recaudar RD$122,486.6 millones, o el equivalente al 1.5 % del PIB, a la propuesta de reforma se le ha calificado como de “Ley de modernización fiscal” para justificar como incrementar la base imponible de su reforma.

Esto a legua da señales de falta de creatividad y carencia de innovación de fiscalidad, por tanto, nada de modernización, ya que la base sustantiva sigue siendo las mismas figuras; impuesto sobre la renta, impuesto a la propiedad, impuesto al valor agregado e impuesto selectivo al consumo, pero tampoco lo es cambiar el termino ITBIS por IVA.

En lo expuesto sólo se refleja que el único objetivo de la propuesta de reforma fiscal es recaudar más, lo cual deja la duda si de lo que se trata es si lo que se persigue es gastar más o cubrir el exceso de gastos.

Esta inquietud parte del hecho de que los impuestos, por su naturaleza, son el monto de recursos financieros que el Estado sustrae del sector privado, personas física y jurídicas, de forma coactiva como medio de contribuir a la financiación general de la actividad pública.

El enfoque planteado define que los impuestos se constituyen en una transferencia económica obligatoria caracterizada por la ausencia de contraprestación.

Esto significa que es el sector público el que establece unilateralmente la cantidad a pagar y los agentes privados están obligados a pagar esa cantidad que se fija mediante una ley, ya que los impuestos no se instituyen de manera administrativa.

A la Luz de la verdad, hay que destacar que la solvencia financiera del Estado proviene de la capacidad para recaudar impuestos de la riqueza que se genera en el país.

No obstante, el Estado puede desarrollar alternativas de ingresos para financiar sus gastos como los que se generan del patrimonio y actividades de las empresas del propio Estado.

En el caso dominicano, los ingresos del Estado dependen en más de un 92 % de impuestos, básicamente de aquellos que gravan el consumo, el impuesto al patrimonio y la renta.

Y esta es una razón poderosa mediante la cual el gobierno no debe justificar una reforma tributaria haciendo comparaciones improcedentes con otros países donde sus ingresos no tienen una alta dependencia de impuestos sino de fuentes no tributarias.

Plantearse una ley de modernización fiscal implica migrar de un sistema tributario regresivo, basado en impuestos indirectos, hacia un sistema tributario progresivo, apoyado en impuestos directos.



Daris Javier Cuevas

Economista-Abogado Máster y Doctorado en economía Catedrático de la UASD

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