El lunes recién pasado se conmemoró el 179 aniversario de la primera Constitución dominicana. Como suele suceder en estos días, la prensa se llenó de reflexiones sobre la Constitución y su papel en la vida de los dominicanos. En ese contexto, no podía faltar el abordaje la de la necesidad de una reforma constitucional, o de la falta de ella.
El tema es conflictivo por naturaleza, en parte porque se confunden dos preguntas distintas. La primera se refiere a unacuestiónde principios: ¿son buenas las reformas constitucionales en sentido general? La segunda es contextual: ¿es necesario reformar esta Constitución, y hacerlo ahora? La confusión de estas preguntas suele acompañar la confusión entre el sistema constitucional como forma de gobierno y la Constitución como texto jurídico. Es un error profundo porque igualael medio (que es el texto) con los fines (que es el sostenimiento de una democracia constitucional).
De ahí que, al responder de manera unívoca, la respuesta suele ser que no, que no hay que reformar la Constitución porque eso daña al sistema constitucional. Nada más alejado de la verdad. Desde los albores del constitucionalismo se sabe que las constituciones que no se adaptan a la voluntad del pueblo que rigen suelen perder su apoyo y caer por vías más violentas y destructivas que una reforma constitucional.
Y es que no se adaptan las herramientas a los problemas, sino al revés. Todo lo que no muta, muere, y esto es también válido para los sistemas constitucionales, que suelen abocarse a graves crisis cuando la defensa del texto se convierte en algo más importante que la defensa del acuerdo de convivencia al que da forma y contexto la democracia constitucional.
Es difícil también rechazar las reformas constitucionales en nombre de la necesidad de consenso. No hay que olvidar que los consensos cambian y que, como para reformar la Constitución se requieren mayorías especiales, muchas veces el consenso que se defiende –el que dio lugar a la creación de esa Constitución específica– tiene menorapoyo que el deseo de cambio.
Al final, toda negativa a la reforma constitucional por principio es atar al constitucionalismo democrático al sistema de las leyes fundamentales otorgadas que sólo variaban por la decisión del monarca absoluto. Es decir, abandonar la propuesta transformadora que implicaron las revoluciones liberales que nos legaron el constitucionalismo democrático.