Para 2012 fueron muy válidas las valoraciones éticas del psicólogo forense en los procesos periciales.
Esto lo compartí con el entrañable togado, otrora director de la Escuela Nacional del Ministerio Público, Wilson Manuel Camacho Peralta, actualmente se le vio como procurador fiscal del caso Odebrecht.
Me enorgullece verlo frente a un caso así, lo cual es bueno para lo que tengo que decirles a los amables lectores.
El perito psicólogo es un auxiliar de la ética judicial. La colaboración psicológica-judicial demanda de su actuación profesional la concurrencia de un conjunto de cualidades, por parte de él; y por parte de la Justicia, “cualidades de colaboración judicial.”
La eficacia de esta colaboración es mutua: el juez y el perito deben hablar el mismo lenguaje técnico. El psicólogo debe prepararse concienzudamente en la práctica de su oficio y el jurista está obligado a prepararse para solicitar, interpretar y aprovechar el dictamen pericial.
Esa preparación se logra únicamente creando la Escuela de Formación de Peritos Psicólogos, responsabilidad que le corresponderá algún día al Cuerpo Médico-Forense o al Inacif, que no creo.
Ciencia y conciencia, de eso se trata la ética profesional.
Las relaciones entre la justicia penal, la administración y la psicología forense son difíciles. El perito aclara con su informe las dudas del juzgador. Asume responsablemente una independencia técnica profesional ante cualquier instancia del sistema, por eso decimos que “los peritos orientan, no vinculan”.
La ética del perito-psicólogo es multiprofesional, la cual se desarrolla con otros técnicos del organismo pericial, frente al hecho producido.
Se habla de que el perito demanda una formación profesional especializada, para afrontar los requerimientos que se le formulan.
Eso va desde tener un aprendizaje eficiente exigible; es decir, después de la universidad, deben de ser entrenados y ser capacitados para el ejercicio profesional, si son pupilos nuevos y van a acceder a un puesto de perito, deberán presentar un concurso atendiendo a su bagaje intelectual y su salud mental de candidato, hasta planes programados de capacitación.
La relación del Colegio Dominicano de Psicólogos (CDP) y el sistema pericial deben analizarse respecto a las exigencias y accesos de puestos. Alguien debe abogar por dicha Comisión de Psicología Forense del CDP, según haya realizado práctica pericial, formación profesional programada o solitud de colaboración al organismo.
Los destinatarios de los informes no son los pacientes, sino los que toman las decisiones del caso, por tales motivos el cumplimiento del perito, antes, durante y después, tiene que ser esencialmente ético y estético.
Eso nos recuerda de ciertos peligros que faltan a la ética profesional: “El riesgo de sentirse Dios”. Manipular los hechos desde el saber, utilizar elegantemente instrumentos que son traducidos como “Palabras de Dios”.
Nunca incursionar en la vida privada, o duplicidades, preguntas superfluas, violar la privacidad de las personas, desviar casos a la consulta privada, violar el derecho a la diferenciación, etiquetar, propiciar la “profecía autocumplida”, entre otros más.
La ética del forense en la administración de justicia es una norma conductual ante el encausado, los familiares, los abogados, fiscales y jueces.
Gracias a la ética, a la deontología, el forense está obligado a conocer en profundidad, las características, conceptos y la interpretación del trabajo pericial. Por eso, es necesario que reconozca su límite al expresar su recomendación y depositar sus conclusiones.