El procurador Jean Alain Rodríguez ofrece detalles de las investigaciones realizadas por autoridades.
Santo Domingo.-El Ministerio Público solicitará hoy prisión preventiva de 18 meses contra diez de las 14 personas que acusa de haber aceptado sobornos de la empresa Odebrecht y que fueron arrestadas ayer por una orden de la Suprema Corte de Justicia.
La Procuraduría pidió prisión contra quince personas y solo ejecutó diez detenciones porque tres son legisladores y están amparados por la inmunidad parlamentaria, uno reside actualmente en Panamá y de otro se aclaró posteriormente que fue incluido por un error procesal, ya que aunque está siendo investigado todavía no se requiere su detención.
Entre los imputados hay tres miembros del Comité Político y el Tesorero del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el presidente del opositor Partido Revolucionario Monderno (PRM).
Los detenidos son Juan Temístoclés Montás, del Comité Político del PLD y Ministro de Industria y Comercio; Víctor Díaz Rúa, tesorero del PLD y exministro de Obras Públicas; Radhamés Segura, del Comité Político del PLD y exvicepresidente ejecutivo de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE); Andrés Bautista, presidente del PRM y expresidente del Senado; César Sánchez, exvicepresidente de la CDEEE; Ángel Rondón, empresario y representante comercial de Odebrecht en el país; Conrado Pittaluga, quien fungió como abogado de la empresa; Roberto Rodríguez, exsenador y exdirector del Instituto Dominicano de Recursos Hidráulicos (Indrhi); Máximo D’Óleo, exadministrador de la Empresa de Generación Hidroeléctrica, y Ruddy González, exvocero de los diputados del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
También hay orden de prisión contra a Bernardo Castellanos, quien reside en Panamá y por tal motivo se emitió una orden de captura internacional a la Interpol.
También se emitió la orden de prisión contra Rafael Suero Milano, pero la Procuraduría explicó que se trató de un error procesal, ya que está siendo investigado pero no ha sido necesario requerir su apresamiento.
También hay orden de prisión contra los senadores Julio César Valentín y Tommy Galán y el diputado Alfredo Pacheco, pero la misma no se ejecutó porque los tres disfrutan de inmunidad parlamentaria.
Para estos ser arrestados sus respectivas cámaras deben aprobar quitarles la inmunidad.
“Expedientes sólidos”
El procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, dijo que hay pruebas que avalan la acusación contra los imputados.
Informó que el Ministerio Público ha pedido que el Congreso levante a los tres legisladores la inmunidad parlamentaria para que respondan ante la Justicia de la acusación en su contra.
El artículo 86 de la Constitución indica que “ningún senador o diputado podrá ser privado de su libertad durante la legislatura, sin la autorización de la cámara a que pertenezca, salvo el caso de que sea aprehendido en el momento de la comisión de un crimen”.
Complejidad
El procurador Rodríguez pidió al uez de jurisdicción especial de la Suprema Corte, Francisco Ortega, que declare complejo el caso, ya que las acusaciones abarcan los aspectos de lavado de activos, asociación de malhechores, sobornos, prevaricación, enriquecimiento ilícito y desfalco, así como violación a la ley de declaración de patrimonio, entre otras infracciones.
El Ministerio Público seguirá investigando antes de presentar formal acusación contra los imputados.
Hasta 20 años de cárcel
Los señalados por el caso de corrupción de Odebrecht se enfrentan a penas de entre 3 y 20 años de prisión, el decomiso de sus bienes y la inhabilitación para ocupar cargos públicos, según las disposiciones legales que motivaron el arresto.
Artículo 123, Código Penal
Establece penas de entre 6 meses, la inhabilitación absoluta de uno a cinco años para cargos y oficios públicos a funcionarios y empleados públicos que convengan disposiciones contrarias a las leyes.
Artículos 166 y 167
Definen como prevaricación los crímenes cometidos por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones.
Artículos 171 y 172
Establecen penas de no menos de un año de prisión correccional y la inhabilitación para desempeñar cualquier cargo público durante cuatro años por desfalco.
Artículo 175
Castiga a los que reciban recompensas (sobornos) no previstas en la ley con prisión correccional de seis meses a un año, redención de una parte de lo que concedan, y la inhabilitación perpetua para cargos u oficios públicos.
Artículo 176
Establece que la disposición anterior tendrá aplicación respecto de los funcionarios o agentes del Gobierno que hubieren admitido una recompensa cualquiera en negocios, cuyo pago o liquidación debían efectuar como parte de su labor.
Artículo 265
Tipifica como crimen contra la paz pública las asociaciones cometidas con el objetivo de preparar crímenes contra personas o propiedades (asociación de malhechores).
Artículo 266
Castiga con la pena de Reclusión Mayor, a cualquier persona que forme parte de una asociación de malhechores descrita anteriormente.
Artículos 3,7 y 18 Ley de Lavado de Activos
Castiga a las persona que incurran en la infracción de lavado de activos previstas con una pena de reclusión no menor de cinco años, ni mayor de 20, y una multa no menor de 50 salarios mínimos ni mayor de 200.
Artículos 2 y 3 de la Ley de Sobornos
Castigan a todo funcionario o persona que reciba soborno en asuntos que afecten el comercio o la inversión nacional o internacional con penas de tres a 10 años de reclusión y al pago del duplo de las recompensas recibida.
Artículos 3 y 7 Ley de Declaración Jurada
Castiga a funcionarios por enriquecimiento ilícito durante sus funciones, según la naturaleza y gravedad de las violaciones que cometan.