La pensión por discapacidad se pierde al cumplir los 65 años

La pensión por discapacidad se pierde al cumplir los 65 años, denuncia abogado

La pensión por discapacidad se pierde al cumplir los 65 años, denuncia abogado

De acuerdo con la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), los trabajadores que sufran una lesión que reduzca su capacidad productiva en al menos un 50 %.

Santo Domingo.- El abogado y exconsultor jurídico de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL),  Francisco Aristy,  alertó este lunes las pensiones por discapacidad cesan al cumplir los 65 años, dejando a los afectados en una situación de vulnerabilidad.

De acuerdo con la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), los trabajadores que sufran una lesión que reduzca su capacidad productiva en al menos un 50 % tienen derecho a una pensión por discapacidad, sin importar el origen de la misma.

Estas pensiones son otorgadas por las compañías de seguros contratadas a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Aristy explicó que el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) aprobó un contrato de póliza de discapacidad y supervivencia, firmado entre las compañías de seguros y las AFP, el cual regula la administración de estas pensiones.

El jurista destacó que el contrato original contemplaba cláusulas desfavorables para los afiliados, como un plazo de dos años para realizar reclamos.

El abogado y exconsultor jurídico de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), Francisco Aristy.

Citó el caso de Virginia Margarita Fontana, quien sufrió una discapacidad total del 68 %.

La Comisión Médica Regional, encargada de certificar el grado de discapacidad, tardó más de dos años en emitir su informe.

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Cuando finalmente se reconoció la discapacidad, el reclamo fue rechazado por exceder el plazo establecido.

La señora Fontana llevó su caso al Tribunal Superior Administrativo (TSA), que declaró ilegal dicha cláusula.

Sin embargo, Aristy lamentó que tanto las AFP como las aseguradoras solo aplicaron la sentencia al caso específico.

Citó otro caso que fue llevado al Tribunal Constitucional que recibió una sentencia a favor del afectado, sin embargo solo se aplicó para el afectado, cuando las mismas  son vinculantes para todos.

Discapacidad parcial y total

Aristy De Castro señaló que, según la ley, los trabajadores con discapacidad parcial tienen derecho a una pensión equivalente al 30 % del promedio de sus salarios de los últimos tres años, mientras que en caso de discapacidad total, la pensión asciende al 60 % del promedio.

El límite de los 60 años

El abogado denunció que, desde julio de 2023, miles de trabajadores han recibido pensiones por discapacidad, pero estas cesan automáticamente al cumplir los 65 años.

Aristy hizo un llamado a las autoridades del CNSS para revisar y corregir estas irregularidades, señalando que las compañías de seguros son parte fundamental del sistema de seguridad social y deben actuar en beneficio de los trabajadores.

«Es necesario garantizar que las cláusulas contractuales respeten los derechos de los afiliados y no los dejen en el desamparo al alcanzar una edad crítica», concluyó.



Edilí Arias

Edilí Arias, periodista. Especialista en temas de salud.