Al repasar las informaciones que “cifran” las redes sociales sobre la muerte del joven ciudadano David de los Santos, esta se ha convertido en un caso flagrante de abuso mortal tras los barrotes.
Decimos “cifrar mensajes en las redes”, porque quienes tienen la obligación de tratar el hecho son las autoridades, las cuales no ven este momento con la importancia que ello amerita.
Y eso entraña un tremendo mensaje para una ciudadanía inquieta: que la institución policial no va a hacer prosperar los derechos humanos en la sociedad; y, que luego de cuatro casos de muertes similares en un intervalo muy corto de tiempo, ya eso constituye “una burla” a la figura del defensor del pueblo, quien tampoco ha realizado un papel. La explicación para mí es simple: solo los mejores deben ocupar esos puestos, tras cosechar una larga experiencia científica y profesional.
Los auténticos defensores del pueblo –los familiares, los indignados, los testigos–, han desafiado a las autoridades mostrando los videos del cómo, dónde, cuándo, y dando a entender quiénes posiblemente pudieron haber sido los autores de esta infamia.
Todos vimos el video en que se ve a la víctima, en calidad de detenido en el parqueo de la plaza comercial de marras, a las 8:50 de la noche del día 27 y al día siguiente fallecer en el Hospital Darío Contreras. Lo que significa que se trató de una “muerte en custodia”, una categoría de muerte asociada a la tortura y a las violaciones de los derechos humanos.
Desde el punto de la reforma policial nos enfrentaremos a la situación inesperada de que haya muchas muertes en destacamentos policiales. De ahí la duda de si contamos con el director apropiado, el director ideal, para llevar a cumplir con los postulados de la transformación y profesionalización policial que esperamos. Mucha gente cree que no.
En el plano de lo forense, es obvio que no hay un protocolo para la investigación del homicidio. Y tampoco un director que dé la cara en la investigación contra una posible violencia policial.
Entonces esta reflexión es para mostrar nuestra queja de que la Policía Nacional no lleva a cabo las normas mínimas para la protección de los detenidos, ni satisface las necesidades procesales, como la llamada telefónica, la prohibición de la tortura, los malos tratos, el tratamiento médico al detenido enfermo. (En el caso de la muerte de Ocoa, hay noticias que indican a los defensores populares que la dotación policial intimidó a los médicos a cambiar el diagnóstico de lesiones del paciente ingresado con golpes y que luego resultó muerto).
El caso de David de los Santos careció de una investigación forense exhaustiva, que es la que resuelve las dudas que puedan presentarse acerca de cualquier muerte sospechosa de una circunstancia anormal. Los forenses deben por ley informar todo lo que descubren de un caso.
Deben definir si fue suicidio, homicidio, los objetos utilizados, la hora, si el diagnóstico de la defunción es falso, ya que debe estar firmado, tanto por el prosector, como por el director del INACIF. Igualmente, los videos, si fueron editados o alterados. No queda nada fuera como prueba del caso.
Pero, por dieciocho años el director del INACIF ha sido un advenedizo y simple ingeniero industrial, que difícilmente entienda de estos asuntos forenses.