La JCE ve con preocupación que se le reste autoridad y autonomía en modificación a la Ley Electoral

La JCE ve con preocupación que se le reste autoridad y autonomía en modificación a la Ley Electoral

La JCE ve con preocupación que se le reste autoridad y autonomía en modificación a la Ley Electoral

SANTO DOMINGO.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) expresó preocupación porque algunos aspectos del sistema electoral que considera medulares, no fueron incluidos en la reforma a la Ley 15-19, Orgánica de Régimen Electoral en el Senado, aunque el órgano comicial hizo recomendaciones.

Entre esos aspectos los miembros titulares de la JCE señalan que en lugar de reducirse los topes de gastos de campaña, se mantuvieron igual a como están en la ley vigente.

Tampoco se estableció la obligación de presentar informes de gastos a cargo de las candidaturas ni sanciones a la violación de los topes y el incumplimiento a la presentación de informes, lo que de haberse aprobado contribuiría con la disminución en la incidencia de los intereses privados en la representación popular, crear condiciones de equidad en la contienda y facilitar la fiscalización de los recursos utilizados en campaña.

Expresó que la modificación del artículo 25 de la Ley 15-19 (artículo 27 del Proyecto de Ley) constituye una merma a la autoridad y autonomía del Pleno de la JCE, “toda vez que se le impone el pronunciamiento a solicitud de las organizaciones políticas sobre cuestiones que quedan abiertas”.

Además, de la celebración de audiencias periódicas, incluso mensuales durante el año electoral, convirtiendo al órgano administrativo en un órgano contencioso electoral, lo cual es contraproducente con su naturaleza constitucional de organizar el proceso.

Esa ley ya fue aprobada por los senadores y está pendiente de aprobación de la Cámara de Diputados.

La JCE también mencionó que no se acoge la propuesta de eliminación del voto preferencial a nivel de vocalías y regidurías, lo que genera consecuencias negativas, tales como aumentar los conflictos intrapartidarios y el costo de las campañas; forja complicaciones en el proceso operativo de escrutinio y configura un sistema político donde se prioriza a las personas y los recursos por encima de las propuestas programáticas o ideológicas.

“Igualmente se elimina la facultad de dictar medidas cautelares del órgano, lo que disminuye sus garras para que cautelarmente se puedan dictar medidas temporales en aras de salvaguardar la equidad e integridad del proceso electoral; además, no se aprueba la propuesta de paridad de género ni los criterios de paridad vertical y horizontal para la presentación de listas de candidaturas”, expresa el pleno a través de un comunicado.

Considera importante que en el proceso de evaluación, análisis y posterior aprobación de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, se valore la aprobación del financiamiento político público con la fórmula y los criterios sugeridos por la JCE, los plazos de precampaña, el orden de la boleta electoral y los topes de gastos de precampaña.