La ideología de género es un tema que está en boga en estos momentos, y me gustaría definir lo que enseña la misma: “Es la enseñanza que promueve la libre elección de la sexualidad, indistinto a sus rasgos biológicos, anclados en la idea de que el sexo es el resultado de una percepción social.” Habiendo definido a groso modo y sin profundizar en los aspectos científicos, ya que deberíamos dedicarle todo un tema al respecto, me gustaría ir sobre la orden. Para algunos parecería una moda, para otros, la oportunidad de montarse en una ola de cierta popularidad, sin embargo, para otros, es un tema de alta sensibilidad. Esta sensibilidad se muestra en nuestras reacciones que quedan evidenciadas frente a la orden departamental del Ministerio de Educación de nuestro país, la orden: OD33-2019.
Cito algunos de sus incisos:
“Artículo I, numeral B: Propiciar herramientas pedagógicas que promuevan la perspectiva de género para la construcción de una educación no sexista entre los y las diferentes actores y actoras del sistema educativo dominicano.”
“Artículo I, numeral D: Trazar las pautas para contribuir con el proceso de desconstrucción de los estereotipos de género que permean en todos los niveles y estratos, y de lo cual no escapa el sistema educativo y sus diferentes actores. “
Queda evidenciado, sólo con estos dos puntos, de lo contenido en el documento citado anteriormente, que esto responde a unas premisas totalmente ideológicas, pero más aún, a toda una agenda que se ha establecido mundialmente. Este tema específico sobre el tema de género hace su introducción en la conferencia sostenida en el Cairo por la ONU del 5-13 de septiembre del 1994 con una asistencia de 10,757 participantes, bajo el tema de: “CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE LA POBLACIÓN Y EL DESARROLLO”.
“De importancia fundamental para este nuevo criterio es fomentar la autonomía de la mujer y ofrecerle mayor cantidad de opciones mediante un mayor acceso a servicios de educación y salud, la promoción de los conocimientos prácticos y el aumento desempleo. En el Programa de acción a 20 años se propicia que los servicios de planificación de la familia estén universalmente disponibles hacia 2015 o antes, como parte de un enfoque ampliado de la salud de la reproducción y los derechos al respecto; se proporcionan estimaciones de los niveles necesarios de recursos nacionales y asistencia internacional; y se exhorta a los gobiernos a proporcionar dichos recursos.”
“CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE LA POBLACIÓN Y EL DESARROLLO” (Énfasis agregado).
Luego vemos como se plantean los objetivos del milenio en septiembre del año 2000, encontramos en los “objetivos de desarrollo del milenio” lo siguiente:
Objetivo 3: Promover la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de la mujer.
Meta 3A: Eliminar las desigualdades entre los géneros en la enseñanza primaria y secundaria, preferiblemente para el año 2005, y en todos los niveles de la enseñanza antes de finales de 2015.
* Proporción de niñas y niños en la enseñanza primaria, secundaria y superior.
* Proporción de mujeres con empleos remunerados en el sector no agrícola.
- Proporción de escaños ocupados por mujeres en los parlamentos nacionales.
«Objetivos de desarrollo del milenio»
Pero luego de estas declaraciones nos acercamos más en el tiempo, y vayamos al 2010, al informe realtor publicado por el mismo órgano (ONU) en julio del 2010, citemos nuevamente una porción del párrafo introductorio:
“El Estado Moderno […] debe velar para que la totalidad de sus ciudadanos y ciudadanas accedan a una educación de calidad, sin permitir que las diversas instituciones religiosas establezcan patrones de educación o de conducta que se pretenden aplicar no sólo a sus fieles, sino a la totalidad de la ciudadanía, profesen o no esa religión”.
Estas declaraciones más el intenso lobby que utiliza el movimiento LGTBIH, debe producir en nosotros altas alertas y defender lo que son nuestros valores. De ahí que, vemos dicha orden departamental como una vulneración inconstitucional y una imposición dictatorial amenazante. Tenemos una responsabilidad de levantar nuestra defensa. Permítame mostrarle el totalitarismo ideológico que se acusa en dicha orden:
Artículo 5: Se designa un comité asesor de carácter externo compuesto por una representante del instituto de la Mujer y la Familia de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), El Centro de estudios de Género del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC).
Todos los actores que fungen como asesores son entidades condicionadas francamente por las sofismas de la ideología de género. Pregúntese: ¿Por qué no incluyen a los padres y a otros actores de la sociedad que piensan diferentes? Entonces es una “deconstrucción de estereotipos para la formación de otros”; éstos manipulados por un grupo de interés. Sin duda, estamos claros que la igualdad debe ser planteada para todos, pero, no bajo la demolición de los valores que representan la mayor parte de nuestra sociedad y su cosmovisión.
Quisiera terminar con una cita de nuestra constitución; Artículo 63.- Derecho a la educación. Numeral 2) 2): La familia es responsable de la educación de sus integrantes y tiene derecho a escoger el tipo de educación de sus hijos menores.
Toda ley debe estar amparada en la carta sustantiva que rige nuestra sociedad. NO PUEDEN IMPONER UNA EDUCACIÓN QUE VA EN CONTRA DE NUESTROS PRINCIPIOS.
Que no nos pase como al rey Bobadil de Granada en el siglo 15; que no tenga que revivir de las cenizas su madre AIXA, y nos diga estas resonantes palabras: “Llora como mujer lo que no supiste defender como hombre”.
Dios te bendiga!