La cancelación de empleados puede ser nula

La cancelación de empleados puede ser nula

La cancelación de empleados puede ser nula

SANTO DOMINGO.-Los abogados José Parra y Plutarco Jáquez advirtieron que los despidos que se produzcan en medio del estado de emergencia que vive el país pueden ser declarados nulos, por lo que los empleadores que los ejecuten puede tener consecuencias económicas.

Jáquez precisó que si el trabajador es despedido en las actuales circunstancias puede poner una reclamación mediante un Tribunal Laboral.

De su lado, Parra explicó que la Constitución y el Código de Trabajo señalan que el trabajo es una función social que se ejerce con la protección del Estado dominicano, por consiguiente, frente a la propagación en el país del coronavirus, que puede catalogarse como una seria amenaza a la vida del trabajador, éste no está obligado a prestar el servicio hasta que cese esta causa, que es un caso fortuito o de fuerza mayor.

Carlos Salcedo dijo que en esta situación las partes no pierden sus obligaciones.

Sector Público

— Prohibición
El Ministerio de Administración Pública (MAP) prohibió con efecto retroactivo, “mientras dure el estado de emergencia”, abrir procesos disciplinarios y destituir servidores públicos de Carrera Administrativa.



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