Julio Cury: “aprobación Aeropuerto de Bávaro se sujetó a principios de juridicidad”

Julio Cury: “aprobación Aeropuerto de Bávaro se sujetó a principios de juridicidad”

Julio Cury: “aprobación Aeropuerto de Bávaro se sujetó a principios de juridicidad”

Julio Cury, abogado.

SANTO DOMINGO.-El abogado Julio Cury sostuvo hoy que la Resolución núm. 6796 dictada el 23 de enero pasado por la Comisión Aeroportuaria, en virtud de la cual manifestó su conformidad con motivo de la solicitud del Grupo ABRISA para construir, operar y desarrollar el Aeropuerto Internacional de Bávaro, así como también los actos administrativos previos dictados por el Departamento Aeroportuario y el Ministerio de Obras Públicas respecto al tema en cuestión, “se sujetaron a los principios de juridicidad, racionalidad, igualdad de trato, publicidad, independencia, imparcialidad, celeridad, ética, ejercicio normativo del poder y debido proceso”.

Cury, quien representa a Ramón Pepín del Rosario, Diones Pimentel, Marino Collante, Arturo Villanueva, Jonathan Estrada Pelletier, Gral. Aracenis Castillo de la Cruz, Carlos Lereaux de Moya, Odile Alburquerque Jiménez, Rafael Núñez Veloz y Christiern Broberg contra quienes la Corporación Aeroportuaria del Este, S.A.S., presentó una denuncia penal por ante la Procuraduría General de la República, agregó que “para garantizar el acierto de todas y cada una de sus decisiones, los titulares de los referidos órganos públicos se ciñeron al procedimiento administrativo previsto en la Ley núm. 107-13, lo mismo que para conocer y decidir los recursos de reconsideración y jerárquico interpuestos por la Corporación Aeroportuaria del Este, S.A.S., contra la indicada resolución”.

Señaló que los ilícitos penales que dicha corporación le atribuyó haber cometido a las mencionadas personas, no solo desbordarían los límites que contornan el ejercicio normal de toda vía de Derecho, sino que versarían sobre supuestos que en nada se acoplan a la conducta observada por los mismos durante el conocimiento y decisión de los actos administrativos dictados al efecto.

Expresó que la denuncia es una manifestación de la insatisfacción que el cumplimiento ético de la función pública ha producido en la referida corporación, pues nada de lo que se ha hecho con motivo del tema “es anti ético, antijurídico ni penalmente relevante o típico, por lo que el comportamiento de ninguno de ellos a raíz de la instancia elevada por el Grupo ABRISA y que culminó con el dictado de los actos administrativos que la autorizaron a desarrollar el aeropuerto de Bávaro, es constitutiva de los tipos penales contenidos en denuncia ni de ningún otro previsto por la legislación penal.

Cury enfatizó que la Corporación Aeroportuaria del Este, S.A.S., ha apostado al espectáculo mediático para “desatar una guerra entre lo factual y lo mendaz, entre la verdad y la pos verdad”, y que lo que subyace bajo su animosidad por la aprobación del aeropuerto de Bávaro es su oposición a “la competencia libre y leal, su inflamado interés de seguir beneficiándose, en violación al art. 50 de la Constitución, del monopolio de los servicios aeroportuarios en la zona del este del país”.



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