Juez deja sin sanción a abogado que llamó "ridícula" a Yeni Berenice en audiencia

Juez deja sin sanción a abogado que llamó «ridícula» a Yeni Berenice en audiencia

Juez deja sin sanción a abogado que llamó «ridícula» a Yeni Berenice en audiencia

Yeni Berenice y Wilson Camacho.

SANTO DOMINGO.- El juez del Tercer Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Amaury Martínez decidió este miércoles no sancionar  por litigación temeraria al abogado Enmanuel Vallejo Garib, quien llamó «ridícula» a la directora de Persecución del Ministerio Público Yeni Berenice Reynoso, y «títere» al titular de la Pepca, Wilson Camacho, durante la audiencia del caso Medusa el pasado viernes.

Vallejo Garib se expresó en esos términos luego de que Reynoso acusara a los abogados de las defensas y empresas implicadas en el caso Medusa, de recibir  dinero de Jean Alain, para dilatar el juicio preliminar.

A su salida del tribunal, Wilson Camacho explicó que el procesado por litigio temerario presentó ante el tribunal sus excusas reconociendo  su comportamiento inadecuado en la audiencia anterior.

Le recomendamos: Abogado de imputado de Medusa acusado por litigación temerario

Dijo que el magistrado  Martínez reconoció que en la audiencia hubo litigación temeraria, pero  no lo condenó en vista de que la actitud del abogado no alcanzó el objetivo que pretendía, que era el que no iniciara la lectura de la acusación del caso Medusa; y que le advirtió a Vallejo Garib que un comportamiento de esta naturaleza no se puede repetir.

«El tribunal luego de escuchar los planteamientos del Ministerio Público en su motivación retiene que se tuvo un comportamiento propio de la litigación temeraria, es decir, que el juez reconoce que lo que pasó el pasado viernes existió litigación temeraria, pero que no alcanzó el objetivo que se pretendía que era que no se iniciara la lectura de la acusación, la cual se inició y se presentaron unas 35 páginas», explicó.

La solicitud de la sanción por litigación temeraria la hizo Reynoso, en base al artículo 134 de la Ley 10-15 que reforma la 76-02 del Código Procesal Penal, el cual establece que el juez o tribunal puede sancionar la falta con multa de hasta quince días del salario base del juez de primera instancia .

 



Noticias Relacionadas