Jueces SCJ emitieron 131 sentencias sobre delitos sexuales contra menores

Jueces SCJ emitieron 131 sentencias sobre delitos sexuales contra menores

Jueces SCJ emitieron 131 sentencias sobre delitos sexuales contra menores

Más de 110 personas guardan prisión por ratificación de condenas de culpabilidad por cometer delitos contra menores.

SANTO DOMINGO.-Los jueces de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitieron 1,494 sentencias de violencia intrafamiliar, en la que se incluyen 131 resoluciones por delitos sexuales a menores, durante el año el 2022.

Esto según datos del Poder Judicial, que tiene como objetivo reflejar la realidad de la sociedad dominicana en relación con la violencia contra los niños, niñas y adolescentes.

Con relación a los casos a menores, 115 personas guardan prisión tras ratificación de la condena impuestas por ser halladas culpables por delitos contra menores, lo que equivale al 88 % de ese tipo de casos procesados por la Suprema.

Los delitos sexuales en perjuicio de menores incluyen violación, el de más alta prevalencia con un 27 %, seguido del abuso psicológico a los niños, niñas y adolescentes.

Mientras que los casos de incesto (violación por parte de uno de los padres), representó el 7 % de las condenas emitidas por la Suprema Corte de Justicia relativas a agresiones sexuales a menores.

Recolectar pruebas
Los centros de entrevistas de personas vulnerables ejecutan las grabaciones de los interrogatorios a los que se enfrentan a una condición especial, los adultos mayores y a menores víctimas o testigos de un crimen, para evitar que revivan la situación delictiva o sean revictimizadas.

Así lo expreso, Elizabeth Rodríguez, jueza presidente del Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, quien dijo que la entrevista se graba como anticipo de prueba, y se saca una segunda copia que se entrega al Ministerio Público.

Explicó que se debe garantizar en todas las fases del proceso bajo la condición en que se realizó.

Este proceso busca evitar que las víctimas o testigos de un crimen o delito sufran laceraciones mentales y puedan ser tratadas por un especialista, especialmente cuando la víctima es un menor.

Las fiscalías deben resguardar el proceso garantizando la cadena de custodia de las pruebas para que permanezcan de forma inalterable e intacta.

Ese es uno de los criterios para la recolección de testimonios bajo este método, ya que esas entrevistas tienen que mantenerse tal cual como se recogió y se grabó originalmente.

El Ministerio Público, en estos casos, debe mantener el resguardo de la confidencialidad del contenido de las entrevistas.

Esto se debe a que no hay acceso con la víctima en la etapa intermedia y el juicio del fondo del proceso para tomar los testimonios de los casos.

La magistrada indicó que, en caso de una alteración o daño en la grabación, entonces mediante resolución judicial y justificada, se podría realizar una nueva copia sólo para ver y comprobar que esa prueba se garantiza en todas las fases del proceso.

Previo a iniciar los interrogatorios en los centros de entrevistas deben verificar que esa persona es la víctima indicada en el proceso.

Un caso de incesto
La magistrada refirió un caso lamentable de incesto que ocurrió en Monte Plata, que un padre violó a su hija de 12 años, y que al imputado se le ordenó conocer un nuevo juicio por el hecho.

Resultó que cuando se reprodujo el CD de la entrevista a la víctima en cámara Gesell, se observó que la misma no pudo realizarse, a pesar que intervinieron dos psicólogas.

Recordó que en la primera entrevista la menor de 12 años se ponía a llorar cuando le hacían las preguntas. Luego tuvo que entrar una segunda psicóloga que cambió el escenario para hacerla sentir cómoda y en confianza, pero no pudieron lograr que la adolescente hablará del hecho y que diera los detalles de lo que le sucedió.

Esto debido al trauma psicológico que la menor había sufrido.

Inclusive, la menor víctima de incesto, quedó embarazada y dio a luz una niña de su papá. La adolescente había sido embarazada por su padre y también la contagió de VIH-Sida (virus de inmunodeficiencia humana).

Esta situación provocó que la adolescente llorará de manera desconsolada, sufriendo una crisis de nervios que tuvo que ser estabilizada por médicos del Palacio de Justicia de esa jurisdicción. El nuevo juicio, como el anterior, se conoció bajo esas condiciones.

Elizabeth Rodríguez, jueza de la provincia Santo Domingo.

Por esta razón, se debe cerrar con las toma de los testimonios de los casos que involucran a menores como víctimas. Las víctimas son tratadas con especialistas debido a que la vida continúa.

Legislación

—1— Normas
La Ley 136-03 establece proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
—2— Código
Los delitos de violación y agresión sexual a menores se sancionan con hasta 20 años de cárcel.
—3— Conani
El Consejo Nacional para la Niñez llama a cuidar a los menores víctimas de violencia.

Proteger al menor es clave del proceso
Derecho. El Estado dominicano debe garantizar la salud mental del menor víctima de violación y agresión sexual, como de otros delitos en perjuicio del mismo.

Así lo expreso la jueza, Elizabeth Rodríguez, quien dijo que se le debe proteger los derechos de los menores víctimas violación sexual, tras calificar de terrible los casos que ocurren e indicar que son bastantes los niños, niñas y adolescentes en esa situación, víctimas de personas cercanas.