JAC anuncia nuevas medidas en aeropuertos ante variantes de la COVID-19

JAC anuncia nuevas medidas en aeropuertos ante variantes de la COVID-19

JAC anuncia nuevas medidas en aeropuertos ante variantes de la COVID-19

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AEROPUERTO LAS AMERICAS-La Junta de Aviación Civil (JAC), emitió en una sesión extraordinaria la resolución No.146-2021, a partir de la presente resolución se solicita requerimientos especiales para ingresar al territorio nacional desde los países en donde están circulando nuevas variantes de la COVID-19.

La información la ofreció el presidente de la JAC, José E. Marte Piantini.

Martes señaló que a través del Decreto 346-21, del 26 de mayo del 2021, el presidente de la República instruyó a la Junta de Aviación Civil adoptar, en coordinación con las demás instituciones pertinentes, las acciones necesarias para establecer requerimientos especiales para poder ingresar al territorio nacional, desde los países donde están circulando las nuevas variantes de la COVID-19

El funcionario indicó que  con el fin de garantizar la salud de los ciudadanos, del personal de aviación y del público viajero, es necesario tomar medidas de prevención tendentes a la mitigación de la propagación de la COVID-19 en territorio dominicano por lo que se  establece  requerir a todos los pasajeros que arriben a la República Dominicana procedentes del Reino de España, la presentación del resultado negativo de una prueba PCR o Antígenos, tomada con no más de setenta y dos (72) horas antes de su llegada, o presentación de Tarjeta de Vacunación con no menos de 3 semanas de haber sido colocada la última dosis.

La presente medida aplica también para todos los pasajeros provenientes del Reino de España que arriben a la República Dominicana desde un tercer país, y para aquellos que hayan estado en el Reino de España en los últimos catorce (14) días o menos.

De igual manera requerir a los miembros de la tripulación procedentes del Reino de España la presentación de Tarjeta de Vacunación con no menos de 3 semanas de haber sido colocada la última dosis, o la presentación del resultado negativo de una prueba PCR o Antígenos realizada dentro de las últimas setenta y dos (72) horas antes de su llegada a la República Dominicana. En caso de no presentar lo anterior, deberán permanecer confinados en el alojamiento.

Dentro de las medidas establecidas por  Junta de Aviación civil,(JAC)  Para los pasajeros que arriben a la República Dominicana de un país no indicado en la presente Resolución, se mantienen las pruebas aleatorias de detección rápida de la COVID-19, y serán exentos de dicha prueba aquellos pasajeros que presenten una Tarjeta de Vacunación con no menos de 3 semanas de haber sido colocada la última dosis, y/o la presentación del resultado negativo de una prueba PCR o Antígenos realizada dentro de las últimas setenta y dos (72) horas antes de su llegada a la República Dominicana.

La JAC mantiene vigente la Resolución 133-2021 de fecha 25 de junio de 2021, respecto a los pasajeros y la tripulación que arriben a la República Dominicana procedentes de Australia, Reino Unido (Inglaterra, Irlanda del Norte, Escocia y Gales), Indonesia, Irak, Irán, Kuwait, Mónaco, Irlanda, República Democrática del Congo, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Siria, Suecia, Tailandia, Túnez, Sudáfrica, La India y Brasil

Las medidas dispuestas en la presente Resolución No.1426-2021en lo que respecta al Reino de España, serán efectivas a partir del 14 de julio de 2021. Se establece que las aerolíneas son responsables del estricto cumplimiento de la presente Resolución y, en tal virtud, se les instruye a confirmar que los pasajeros que aborden desde los países citados con destino hacia la República Dominicana cumplan con el presente requerimiento.

El no cumplimiento de la presente Resolución pudiera acarrear la imposición de las sanciones correspondientes.

La Junta de Aviación Civil es el órgano superior en materia de aviación civil en el país.

El mismo se reúne cada 15 días para dictar las medidas y legislaciones sobre el tránsito aéreo, como lo establece la Ley No.491-06 de Aviación Civil de la República Dominicana.