En la lista se incluyen bebidas gaseosas o carbonatadas, bebidas a base de malta, té o café embotellado.
Santo Domingo.- La propuesta de reforma fiscal anunciada por el Gobierno plantea la implementación de un impuesto a las bebidas azucaradas basado en el contenido de azúcar añadido.
En la lista se incluyen bebidas gaseosas o carbonatadas, bebidas a base de malta, té o café embotellado, así como bebidas a base de frutas, refrescos, zumos y néctares de frutas, aguas saborizadas, bebidas energizantes y deportivas.
El nivel del impuesto en estas bebidas se determinará según la cantidad de azúcar añadida. Para ello, el Instituto Dominicano de la Calidad (INDOCAL) deberá colaborar con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para establecer una categorización precisa de las bebidas azucaradas, basada en su contenido de azúcar.
El documento detalla que algunas bebidas quedarán exentas del pago de este impuesto, principalmente aquellas con un propósito médico o nutricional.
Entre las exenciones se destacan las fórmulas infantiles, medicamentos que contengan azúcar añadido, productos reconstituyentes líquidos o en polvo diseñados para personas con dificultades para digerir o metabolizar alimentos sólidos, y alimentos líquidos para fines médicos especiales.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Dirección General de Aduanas (DGA) serán las encargadas de la recaudación del impuesto, tanto a nivel de fabricantes como de importadores. Además, el impuesto será ajustado anualmente de acuerdo con la tasa de inflación, siguiendo los datos publicados por el Banco Central de la República Dominicana.