En la definición de su “misión” la Procuraduría General de la República se designa como la institución rectora, “representante del Estado en el ejercicio de la acción pública”, vale decir, es la instancia central llamada a proteger todo bien público, todo bien de la sociedad.
Igual, en la Ley Orgánica 133-11, del Ministerio Público, respecto a las atribuciones de este, se establece su responsabilidad en cuanto a “representar y defender” el interés público.
Sin embargo, lo real es que el Procurador en lo esencial no ha actuado en esa dirección, y diversas son las muestras de ello.
La información ofrecida en días pasados recientes por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, reveladora de que respecto a la termoeléctrica Punta Catalina se hicieron pagos para soborno por un monto de 39.5 millones de dólares, es una grave denuncia que deja maltrecho al procurador Jean A. Rodríguez, quien había asegurado al país que en el sometimiento por el caso de Odebrecht “estaban todos los que son”.
Aun está fresco en la memoria de la ciudadanía el avieso acuerdo Odebrecht-Procuraduría General de la República, con fines encubridores.
Sobre los términos de este acuerdo somos de opinión que si Odebrecht no entregó la información que involucraba a Punta Catalina en los sobornos llevados a cabo y reconocidos por la empresa brasileña, entonces se debe romper inmediatamente el pacto que le exoneraba de persecución penal; pero si por el contrario la empresa entregó la información que involucra a “Punta Catalina” en los sobornos, entonces el Procurador debe ser procesado por la responsabilidad penal que implica la ocultación de datos trascendentales.
Sobre la representación y defensa del interés público por parte del Procurador, llama la atención que este mostrara entera sumisión frente a la designación por el presidente de la República de una comisión para investigar el contrato de Punta Catalina, en un acto de ilegítima suplantación y obstrucción de la justicia.
Es igualmente injustificado que la Procuraduría, institución “rectora” representante del Estado en el ejercicio de la acción pública no haya actuado a estas alturas en torno a la información aceptada públicamente de que Odebrecht destinó recursos para financiar campañas electorales de candidatos del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Muy lamentable ha sido el papel del Procurador General de la República. Lamentable en el caso Odebrecht; ahora agravado por la denuncia sobre Punta Catalina, ha sido así en relación a la jueza Miriam Germán y en el caso del expelotero David Ortiz. Por esto, y por todo lo anterior, el Procurador debe ser investigado.
Diversas situaciones indican que él no ha cumplido con el rol de aplicar efectivamente la acción pública. De ahí la pertinencia de investigarlo a fin de que sean tomadas las determinaciones penales y sociales de lugar.