German Brito y las quejas mal encausadas contra jueces

German Brito y las quejas mal encausadas contra jueces

German Brito y las quejas mal encausadas contra jueces

El abogado y escritor, Carlos Salcedo. Fuente externa

Cuando una decisión en casos de corrupción es contraria a sus intereses, aun sin tener las motivaciones escritas y con vías recursivas abiertas, la Lic. Yeni Berenice Reynoso y el Lic. Wilson Camacho, adelantan ácidas críticas contra los jueces.

Las quejas de Berenice son de que existe la jurisprudencia de la corrupción, con lo cual expresa que los jueces benefician con sus decisiones a los corruptos.

Recientemente pasó su denuncia a los legisladores: “Somos uno de los países con leyes sustantivas y procesales más beneficiosas para la corrupción”.

Por su parte, Camacho persiste en arremeter contra el sistema judicial: “En República Dominicana siempre hay una excusa para favorecer a los procesados por corrupción”.

Pero, ni la ley ni el sistema judicial protegen a los corruptos. Garantizan derechos a los ciudadanos, acreedores del estado de inocencia y de la dignidad humana.

El Ministerio Público puede disentir de sentencias. Pero, debe encausar sus diferencias mediante los recursos. Una inconformidad mal dirigida, confronta a los actores del sistema y atenta contra el deber del fortalecimiento institucional.

Coincido con la Procuradora General de la República, al indicarles recientemente a sus procuradores adjuntos que el propio sistema provee las herramientas que permiten tramitar los desacuerdos contra una decisión judicial.
Las normas sustantivas y procesales son perfectibles. Como la Ley de Compras y Contrataciones, por no tener consecuencias penales, como han expresado Berenice y Camacho. Otros comportamientos también podrían elevarse a infracciones penales.

En lo procesal, las insinuaciones de Berenice sobre la generosidad de sus disposiciones con los corruptos, ignoran que muchas acusaciones tienen solo relatos, no imputaciones. No reúnen las condiciones mínimas, fáctica, normativa y probatoriamente y no deben pasar de la audiencia preliminar.

Solo un Poder Judicial resistente, a fuerza del ordenamiento jurídico, puede llevar al Ministerio Público a su legalidad, constitucionalidad y convencionalidad.

No son benignas las disposiciones penales sustantivas y procesales para perseguir a los corruptos. Habrá necesidad de revisiones; pero no es cierto que el sistema protege la corrupción.

Coincido con la Mag. Miriam Germán, al llamar la atención de sus adjuntos a emplear las vías que da el derecho para criticar, sin precipitaciones, las decisiones judiciales, sin afectar la credibilidad del Poder Judicial y menos la honra de tantos jueces imparciales e independientes.