Garantía económica para el nuevo inmigrante de EEUU

Garantía económica para el nuevo inmigrante de EEUU

Garantía económica para el nuevo inmigrante de EEUU

Los inmigrantes pedidos por su familia y algunas visas basadas en empleo deben demostrar que cuentan con medios económicos para sostenerse en Estados Unidos y que no solicitarán apoyo financiero del gobierno.

La declaración jurada de patrocinio económico o affidavit es un contrato entre el peticionario o patrocinador y el gobierno estadounidense, para asegurar que el responsable del inmigrante tiene un ingreso suficiente.

Este requisito debe ser cumplido por el peticionario.

Si su ingreso no es suficiente, se somete el affidavit de un patrocinador. Para los hijos menores edad no se necesita patrocinador, ya que el padre o madre peticionarios son los responsables de su manutención.

El peticionario o el patrocinador debe tener ingresos suficientes para sostener a toda su familia, además del nuevo inmigrante.

Los ingresos son comparados con el nivel federal de pobreza de Estados Unidos y se deben suministrar los últimos tres reportes de impuestos.

El patrocinador debe ser mayor de edad, poseer seguro social y ser ciudadano estadounidense o residente legal en Estados Unidos. No es requisito que el patrocinador sea un familiar ni que viva en el mismo domicilio o estado donde residirá el nuevo inmigrante.

El affidavit es un requisito indispensable para las visas de residencia y es la garantía de que el inmigrante no utilizará beneficios públicos como los cupones de comida, la seguridad de ingreso suplementario, la asistencia temporal para familias necesitadas o el famoso “medicaid” que es el seguro de salud para personas de bajos recursos. Si el inmigrante utiliza uno de estos beneficios, la agencia que lo otorgó puede requerir al peticionario o patrocinador una reposición monetaria.

La responsabilidad de la persona que firma el affidavit finaliza cuando el inmigrante cumple con una de estas condiciones: se hace ciudadano estadounidense, tiene acumulados 40 cuatrimestres de trabajo (usualmente a los 10 años), abandona su estatus de residente, o fallece.

Si a usted le piden ser patrocinador de un nuevo inmigrante, infórmese bien y asegúrese de que la persona será un ente productivo cuando ingrese a Estados Unidos.



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