Formando la extinción de dominio

Formando la extinción de dominio

Formando la extinción de dominio

Nassef Perdomo Cordero, abogado.

El sábado en la noche, me topé con una desagradable sorpresa. Resulta que la Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ) y la Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP) han celebrado talleres de “formación conjunta” para jueces y fiscales sobre la Ley de Extinción de Dominio.

Esto es un despropósito, y la razón es clara: en un Estado de derecho, el papel procesal de los jueces y los fiscales, aunque no es antagónico, es incompatible.

Los fiscales tienen la función de procurar la interpretación y aplicación de las normas más conveniente a la actividad persecutora, aunque siempre dentro de algunos límites. Por otro lado, el papel del juez es velar porque el proceso se mantenga dentro de los límites marcados por la ley y, sobre todo, por los derechos de los procesados y afectados.

Es decir, el Ministerio Público es el motor de la acción, y el juez es la voluntad que obliga a la racionalización del proceso poniéndole límites a los abusos o arbitrariedades que pueda cometer el Estado.

En la lógica dialéctica de los procesos, el Ministerio Público presenta la tesis, la defensa presenta la antítesis y el juez presenta la síntesis. Es por ello por lo que toda acción que procure llevar por el mismo camino a la tesis y la síntesis, vicia al proceso.
Y esto es lo que hace esa “formación conjunta”.

Las defensas basadas en que “eso no afecta nada”, o que “cada uno decide después cómo la aplica”, olvidan que el problema radica precisamente en que estas actividades condicionan a sus participantes para que estén de acuerdo desde antes de abrir los procesos. A menos que se diga que no tendrán esa consecuencia porque son inefectivas, lo que presenta un problema de otro tipo.

A los jueces no les corresponde colaborar con el Ministerio Público, sino velar por el respeto a la norma y los derechos de los intervinientes en el proceso. Formar juntos a jueces y fiscales en la interpretación de la norma apunta a esa colaboración.

Y es inaceptable, a menos que —en palabras dichas ante mí por uno de los consultores extranjeros que participó de la “formación conjunta”— lo que se procure sea garantizar al Estado alcanzar sus objetivos, incluso si pierde ante los tribunales ordinarios.

Los pocos frenos a la arbitrariedad amenazan con desaparecer. A Dios que nos coja confesados.



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