Félix Bautista pide aplazar 84 artículos del Código Penal y el Senado rechaza la moción

Felix Bautista

Santo Domingo.– El Senado de la República rechazó la tarde de este miércoles una propuesta del senador por la provincia San Juan, Félix Bautista, que procuraba aplazar durante tres meses la entrada en vigencia de 84 artículos de la Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal de la República Dominicana.

La moción recibió cuatro votos favorables y 24 en contra durante el conocimiento de las modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados a la normativa, cuya aplicación está prevista para comenzar el próximo 3 de agosto.

Bautista argumentó que los artículos señalados están incluidos en 12 acciones directas de inconstitucionalidad presentadas por diferentes entidades y personalidades ante el Tribunal Constitucional.

Según explicó el legislador, los 84 artículos representan cerca del 21 % del contenido de la Ley 74-25, por lo que consideró prudente esperar una decisión del Tribunal Constitucional antes de que esas disposiciones comiencen a aplicarse.

“¿Cuál es la prisa?”, cuestionó Bautista, al advertir que el Congreso Nacional podría verse obligado posteriormente a modificar los artículos que sean declarados contrarios a la Constitución.

El senador comparó la situación con lo ocurrido luego de la aprobación de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Recordó que varios artículos de esa normativa fueron declarados inconstitucionales, lo que obligó posteriormente al Congreso a realizar las modificaciones correspondientes.

“Ahora está ocurriendo lo mismo. Queremos aprobar de manera acelerada este código a sabiendas de que hay muchos artículos que están siendo cuestionados”, manifestó durante su intervención.

Bautista sostuvo que el Congreso no debe repetir ese precedente y señaló que los legisladores tienen la oportunidad de revisar las disposiciones antes de que el Tribunal Constitucional determine que fueron aprobadas de manera contraria a la Carta Magna.

Como ejemplo, citó el artículo 208 del Código Penal, relacionado con la difamación, que contempla penas de uno a dos años de prisión.

Indicó que esa sanción podría combinarse con las penas complementarias establecidas en el artículo 29, entre ellas la prohibición temporal o definitiva de ejercer una profesión.

Según explicó, un periodista o comunicador condenado por difamación podría recibir una pena de prisión y, adicionalmente, quedar impedido de ejercer su carrera durante cinco años o de manera definitiva.

El legislador consideró que esa disposición podría vulnerar el derecho al trabajo reconocido en el artículo 62 de la Constitución de la República.

Bautista propuso que los 84 artículos cuestionados fueran incorporados al régimen de entrada en vigencia diferida establecido en el artículo 31 del proyecto conocido por el Senado.

Su planteamiento consistía en otorgarles un plazo adicional de tres meses, mientras el Tribunal Constitucional conoce y decide las acciones de inconstitucionalidad sometidas contra esas disposiciones.

Entre los artículos mencionados durante la presentación de la moción figuran el 12, relacionado con la responsabilidad penal por omisión; los artículos 47, 48 y 49, vinculados con el concurso de infracciones, la acumulación de condenas y los límites de las penas, así como el artículo 68, referente a medidas de seguimiento y control aplicables a personas condenadas.

También fueron citados el artículo 124, relacionado con infracciones contra la integridad de las personas; el 142, sobre conductas de carácter sexual; el 170, vinculado con la simulación de secuestro o autosecuestro, y el 173, además de otras disposiciones recurridas ante el Tribunal Constitucional.

La propuesta también incluía los artículos 2.10, 24, 106, 107, 108, 110, 111, 130, 131, 136 y 158, entre otros señalados en los recursos presentados contra la Ley 74-25.

Bautista reconoció que no todos los artículos impugnados necesariamente serán declarados inconstitucionales. Sin embargo, afirmó que bastaría con que algunas disposiciones fueran anuladas para que quedara demostrado que el Congreso conocía los cuestionamientos y no actuó oportunamente.

“Es posible que algunos artículos no sean declarados inconstitucionales y que otros sí, pero no es correcto aprobarlos sabiendo que están siendo cuestionados”, expresó.

El senador insistió en que su propuesta no buscaba aplazar la entrada en vigencia de todo el Código Penal, sino establecer un período adicional para los artículos sometidos al control del Tribunal Constitucional.

Luego de concluir su exposición, la presidencia del Senado sometió la moción a votación.

La propuesta fue rechazada con 24 votos en contra y cuatro a favor, por lo que no fue incorporada al proyecto de modificación de la Ley 74-25.

El nuevo Código Penal sustituirá la legislación vigente desde 1884 e incorpora nuevas infracciones, sanciones y mecanismos para perseguir delitos que no estaban contemplados en la normativa anterior.

Sobre el autor

Dayana Acosta

Periodista dominicana con maestría en Comunicación Corporativa y Gerencia Hospitalaria y Seguridad Social. Apasionada de la investigación y de contar historias con propósito.