Santo Domingo.- La explosión del tanquero transportando gasoil este lunes por la avenida George Washington que cobró la vida de dos personas, evidenció una vez más la falta de cumplimiento de las Leyes 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, así como la 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios.
La Alcaldía del Distrito Nacional ha emitido dos ordenanzas la número11-2012, y la 14-2021 que creó las Zonas de Acceso Restringidos (ZAR) del Distrito Nacional que regula el tránsito de vehículos pesados y de carga en la capital.
Aunque prohíbe y restringe la circulación de unidades de gran porte (más de tres ejes) en amplias zonas urbanas y perímetro, su aplicación sigue siendo “letra muerta” para para quienes tienen que cumplir con la misma, en especial la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT) órgano dependiente de la Policía Nacional, a cargo de viabilizar, fiscalizar y controlar el tránsito en las vías públicas.
Tanto el legislador Tobías Crespo, autor de la Ley 63-17 como Dary Terrero, Dary Terrero, consultor de esa Ley, coinciden en que esa normativa le da potestad al cabildo de establecer prohibiciones de unidades en vías donde entiende que haya riesgo con el paso de unidades con mercancías peligrosas, explosivos o contaminantes.

“Desde el 2012 la Alcaldía ha aprobado resoluciones, normativas y ordenanzas para prohibir el paso de vehículos pesados por la George Washington y eso siempre se ha violado, no cumplió el Ayuntamiento del Distrito, la DIGESETT Y el INTRANT (Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre) que no han coordinado las cartas de rutas que deben ser entregadas a las empresas que necesitan transportar ese tipo de mercancía, que debe ser fuera de las horas pico”, explicó Crespo.
Precisó que las normativas no solo regulan el transporte de combustible, sino las zonas de cargas y descargas con horarios establecidos, como también incluye camiones de recolección de desechos.
“Sí se hubiese cumplido con las ordenanzas ese accidente no hubiese ocurrido”, comentó el promotor de la Ley 63-17, quien insistió que para evitar que esos vehículos entren a la ciudad, se construyó la Circunvalación.
Permisos justificados
La norma precisa que los camiones de carga con más de cuatro ejes que tuvieran que atravesar por esa vía (dígase el Malecón) tenían que hacerlo a través de un permiso justificado, en caso contrario por otras vías alternas como la circunvalación, Los Reyes Católicos evitando siempre el paso por el litoral sur.
“Esa resolución se mantiene activa, aunque irrespetada, y creo que hace falta seguimiento para que se cumpla porque a veces aquí se emiten las resoluciones y leyes, solo se hacen operativos, pero no somos constantes en hacer cumplir las disposiciones”, puntualizó Dary Terrero.
Otra debilidad en cuanto a muertes involuntarias
Ocurrida esta tragedia, Dary Terrero pone de relieve que la Ley 63-17 así como el nuevo Código Penal, regulan los casos de personas que provoquen muertes involuntarias o imprudente de una o más personas, a quienes les establece de un año a tres de presión en caso de ser encontradas culpables.
“Sin embargo en República Dominicana no se ha creado el mecanismo para llevar a cabo una investigación objetiva que dé al traste con la declaratoria de culpabilidad de una persona que haya generado daño, porque aquí la Ley 63-17 establece que se ha debido crear por parte de la Procuraduría General de la República, las Unidades Técnicas de Investigación de Accidentes que son las primeras instancias que deben llegar luego de un accidente”, detalló el experto.
Alegó que son estas las personas que deberían dar cuenta sobre los daños sobre las pérdidas de vida y daños a la propiedad. Por esa razón Dary entiende que en el país se registran pocas condenas, pese a ser el principal país donde se generan más muertes en materia de tránsito.
Comentó que, en su defecto, quien se presenta a la escena es la Policía Nacional y cuando estos llegan a los tribunales, los abogados destruyen el caso porque debe haber un acta redactada por la DIGESETT que de informaciones preliminares.
Horario camiones
La regulación de la ZAR por el centro de la Capital controla el tránsito de vehículos pesados de carga de cuatro o más ejes de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y los autorizados necesitan un permiso digital previo a través del INTRANT.
Igual establece que los vehículos libres, es decir Unidades de 1 a 3 ejes pueden circular sin requerir permisos especiales de acceso diurno, mientras que los permisos: pueden ser Puntual, Recurrente y Extra Peso según los ejes y la carga del camión, gestionados de forma virtual por los operadores. La fiscalización o supervisión y control en las vías está a cargo de la DIGESETT junto al INTRANT.