La nueva Ley 47-25 de Contrataciones Públicas, cuya entrada en vigencia está prevista para el 28 de enero 2026, por mandato de su artículo 248.- Entrada en vigencia. La presente ley entrará en vigencia a los ciento ochenta (180) días después de su promulgación y publicación.
La promulgación de la referida ley 47-25 fue realizada por el presidente Luis Abinader, desde la sede de la Dirección General de Contrataciones Públicas el 28 de julio 2025. Esta es una ley amplia que contiene 248 artículos, comparada con la ley 340-06 que dispone de 80 artículos.
Es importante destacar que de nada sirve que esta ley sea tan extensa, si no garantiza el respeto del sagrado derecho fundamental, establecido en la Constitución de la República, en su artículo 39. Derecho a la igualdad, numeral 3).
Citamos: El Estado debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas para prevenir y combatir la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión.
El presidente Abinader calificó la nueva Ley de Contrataciones Públicas como herramienta que transformará las compras estatales, permitiendo que los recursos públicos lleguen a los más necesitados y aseguro que la Ley 47-25 introduce mayores controles y sanciones más estrictas; haciendo que los procesos de las contrataciones públicas sean más confiables, transparentes, eficientes e inclusivos, como una política sostenible de desarrollo económico al permitir que los recursos del Estado lleguen a donde más se necesitan.
Es importante citar los artículos 245 y 247.
Artículo 245. Transición. Los procedimientos de contratación iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente ley, así como la celebración y ejecución de sus contratos, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones. Liquidación y solución de controversias.
Artículo 247.- Derogación. La presente ley deroga las leyes siguientes:
1) Ley núm. 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 2) Ley núm. 449-06, del 6 de diciembre de 2006, que modifica la Ley núm. 340-06 sobre Concesiones; Contrataciones de Bienes, Obras, Servicios y 3) Ley núm. 6-21, del 20 de enero de 2021, que agrega un numeral 5 al artículo 6 de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 4) Decreto núm. 416-23, del 14 de septiembre de 2023, que establece el Reglamento de la Ley sobre Compras y. Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 5) Cualquier disposición legal contraria a la presente ley.
El 27 de noviembre del 2025, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) convocó a toda la ciudadanía interesada a participar en el proceso de consulta pública del borrador del Reglamento de Aplicación General de la nueva Ley 47-25 de Contrataciones Públicas, el cual entrará también en vigencia el 28 de enero 2026, de acuerdo a su artículo 252.- Entrada en vigencia.
Este reglamento entra en vigencia al momento de la entrada en vigencia de la Ley núm. 47-25.