"En RD cuesta mucho que las personas con dinero paguen por sus delitos", dice exjueza del TC

«En RD cuesta mucho que las personas con dinero paguen por sus delitos», dice exjueza del TC

«En RD cuesta mucho que las personas con dinero paguen por sus delitos», dice exjueza del TC

La exjueza Katia Miguelina Jiménez, entrevistada en el programa El Día.

Santo Domingo.– “Los hechos y la práctica judicial dicen que cuesta mucho que los crímenes de cuello blanco,  que las personas con dinero paguen por los delitos y los crimines que comenten”, dijo hoy la exjueza del Tribunal Constitucional, Katia Miguelina Jiménez.

Jiménez se refirió a la reacción de la directora de Persecución del Ministerio Público, Yeni Berenice Reynoso, que dice, “es increíble cómo mayoría de los tribunales varían sus criterios exclusivamente para favorecer corruptos y casos de crimen organizado”.

Las declaraciones de Reynoso se dan, luego de que el pasado viernes  fue emitida la  sentencia en el caso del crimen contra el abogado Yuniol Ramírez y las acusaciones de corrupción en la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses, OMSA, resultando en libertad el ex director de la entidad, Manuel Rivas y condenado a 20 años Argenis Contreras, señalado como el autor material del secuestro y asesinato del catedrático universitario.

Entrevistada en el programa El Día, que se trasmite por Telesistema canal 11, la experta explicó que los jueces no están jugando el rol que les corresponde con relacion a los aplazamientos y no están respetando los plazos que establecen la ley.

Recordó que el Código Procesal Penal dice con relación a las vistas,  que las mismas  deben ser llevadas de forma oral  y que deben ser realizadas inmediatamente y las audiencias orales de medidas de coerción entran en ese renglón, es decir, hay que realizarla de inmediato.

En otro orden, la experta en materia juncial explicó que el Código Procesal Penal establece como plazo para conocer las audacias preliminares de veinte días, y explicó además,  que dentro de ese periodo de tiempo debe ser celebrada y decidida.

Apuntó que cuando las audiencias no son conocidas en los plazos establecidos, pasa  porque los jueces lo permiten, ya que son estos quienes dictan los reenvíos, “cuando lo hacen desconocen los mandatos del código”.

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La también autora del libro, “Las medidas de coerción personales”, fue enfática al decir que, «es inconcebible que se estén otorgando plazos de hasta 56 días entre una audiencia y otra”, esto con relación  a los aplazamientos.

Los casos complejos 

“Cuando hay casos complejos el Poder Judicial debe designar juzgados para ellos, sobre todo en este momento en estamos teniendo muchos procesos de corrupción administrativa”, argumentó la exjueza del Tribunal Constitucional, Katia Miguelina Jiménez,

Destacó que en la actualidad no hay personal suficiente para conocer los grandes casos que está llevando  la justicia, pero que se debe crear las condiciones que para que los juzgados se dediquen a eso, solo se enfoquen en esos casos.

Explicó de la misma manera que el Código Procesal Penal establece plazos para las medidas de coerción, lo hace también para los juicios penales y los casos complejos, “si transcurre el plazo de cuatro años y no se tiene decisión se cae el caso”.

Resaltó que los jueces pueden sancionar a los abogados con hasta quince días salarios base del juez de la primera instancia, en caso de comprobarse que las partes actuaron con mala fe, realizan gestiones dilatorias y litiguen  con temeridad.



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