Santo Domingo.-La recién aprobada Ley No. 32-23, que viene a regular el sistema fiscal de Facturación Electrónica en el país, será implementada a partir del 2024, luego de ser promulgada el pasado 16 de mayo.
La implementación de esta modalidad permitirá que las empresas se vayan adaptando a la norma de manera obligatoria, para que los mecanismos de pagos sean regulados de forma electrónica.
De acuerdo con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), se otorgará un plazo de 12 meses a los “grandes contribuyentes nacionales” para emitir comprobantes fiscales electrónicos, o (e-CF), luego de promulgada y publicada la legislación.
Explica que habrá tres fechas disponibles el año próximo y tres grupos, el primero iniciará el 15 de enero de 2024, el segundo el 15 de marzo y el tercero el 15 de mayo.
¿Cómo funcionará?
De acuerdo con Paolo Suárez, gerente de Facturación de la DGII, esta modalidad de facturación se efectúa en el intercambio de facturas electrónicas entre el vendedor y el comprador, a través de un formato estándar de facturación.
La DGII actúa como el administrador del sistema, mediante el cual se validarán y acreditarán todas las facturas electrónicas que se envíen instantáneamente.
Asimismo, explicó a EL DÍA que la diferencia de la actual facturación es que el comprobante Fiscal electrónico (e-CF) se emite electrónicamente en formato estándar de factura (.xml) y se firma digitalmente mediante Certificado Digital.
Según Suárez, las informaciones estarán seguras y confiables, al igual que la factura será validada por la DGII al instante, proporcionando certeza jurídica y estandarizará relaciones comerciales entre empresas.
Sostuvo que esta modalidad es más amigable con el medio ambiente, ya que utilizará menos tinta y papel, reducirá los costos por pérdida o daño de documentos, eficientizará tiempo y gastos de envíos en entregas de documentos.
Por último, puntualizó que facilitará el cumplimiento tributario, al simplificar procesos por la digitalización y no requiere impresoras fiscales en los puntos de venta.
¿Por qué es electrónica?
Suárez explicó que contribuirá a la disminución del costo de cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes como consecuencia de la digitalización y reducción de los gastos operativos de los negocios, aportando a la formalización de la economía, la transparencia fiscal, fomentando la competencia leal y equidad.
¿Cómo prepararse?
Suárez expresó que los emisores electrónicos deberán ser autorizados por la DGII para empezar a emitir facturas electrónicas, eligiendo el método que más se adapte a la necesidad de su negocio y operación, mediante un software propio de su empresa, lo cual requerirá entender los aspectos técnicos de facturación electrónica que están disponibles en el portal web de la DGII.
Igualmente, deberá convertirse en proveedor de servicios de facturación electrónica certificado por la DGII, que facilita la integración con su sistema. La lista de proveedores autorizado se encuentra disponible en el portal web DGII.
Asimismo, empleando el Facturado Gratuito DGII, el cual consiste en una facilidad tecnológica libre de costo proporcionada por la institución que permite emitir y recibir facturas electrónicas, conforme al sistema fiscal de Facturación Electrónica establecido.
Esta nueva modalidad de facturación está dirigida a contribuyentes, profesionales liberales, Personas Físicas y Mipymes que no posean ningún sistema para estos fines.
Posición comercios
— Respaldo
El presidente del Grupo Detallistas Unidos, Ricardo Rosario, dijo a EL DÍA que el proceso de la facturación eléctrica para los comerciantes permitirá la disminución de la evasión de impuestos y la informalidad.