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El TC rechaza disposición del Indotel

Milton Ray Guevara

Santo Domingo.-El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la Resolución del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones que autorizaba a los proveedores de servicios a archivar datos de sus usuarios por violentar el derecho a la intimidad, en su vertiente de derecho al secreto de la privacidad de la comunicación.

El recurso fue interpuesto por Namphi A. Rodríguez, Rafael Molina Morillo, la Fundación Prensa y Derecho y el Centro para la Libertad de Expresión de la República Dominicana contra la Resolución 086-11, dictada por el Indotel.

El TC consideró que la misma violenta el derecho a la intimidad en su vertiente de derecho al secreto y privacidad de la comunicación, el principio de reglamentación e interpretación de los derechos fundamentales.

Rechaza medida cautelar

Rechazó la solicitud de adopción de medida cautelar de suspensión provisional de la aplicación de la Resolución 086-11, por improcedente, infundada y carente de base legal.

La sentencia señala que los proveedores de servicios tienen la obligación de conservar los datos de tráfico, conexión y acceso especificados en el artículo 4 del reglamento, en la medida en que son generados por los usuarios de sus servicios, a fin de que puedan ser utilizados por los órganos de investigación en la solución de crímenes y delitos de alta tecnología.

Conservación de datos

De igual manera tendrán la obligación de conservar los datos necesarios para rastrear e identificar el origen de una comunicación, y con respecto a la telefonía de red fija y a la telefonía móvil el número de teléfono, el nombre y la dirección del usuario del servicio cuando el número de destino sea dentro de la misma red. Mientras que en lo referente a internet deben preservar los correos electrónicos de los usuarios.

La sentencia obliga a los proveedores a conservar la identificación de usuario y el número de teléfono asignado a toda comunicación que acceda a la red pública de telefonía o el nombre y la dirección del usuario del servicio.

Tendrán que preservar los datos necesarios que puedan identificar el destino de una comunicación, entre otros.

Órganos investigativos

La sentencia obliga a los organismos de investigación a asistir a los proveedores de servicios, realizando seminarios de entrenamiento técnicos y legales, y suministrando información sobre las investigaciones basadas en las quejas interpuestas.

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José Miguel de la Rosa

Egresado de la carrera de Comunicación Social, mención Periodismo, por la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA). Posee diplomados en comunicación política, periodismo de datos, periodismo digital, entre otros. Cuenta con más de 13 años de experiencia en el ejercicio periodístico, con ...

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